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alimentos y aditivos

E-412 — Goma guar · Espesante

El E-412 es goma guar, un espesante que se muele de la semilla de una legumbre india y que con una pizca convierte agua en algo cremoso. Está en helados, yogures, salsas y pan sin gluten. Es fibra vegetal, apta para veganos, y una de las gomas más eficaces y baratas que maneja la industria.

Autorizado en la UE Apto para veganos Espesante Estabilizante 760 productos reales

Qué es

Es la harina del interior de la semilla del guar, una legumbre que se cultiva desde hace siglos en India y Pakistán. Químicamente es un galactomanano, un tipo de fibra soluble de la misma familia que la goma garrofín (E-410), con la que comparte apellido y muchas etiquetas. Su gracia técnica es que espesa en frío, sin necesidad de calentar nada, y que rinde muchísimo: hace falta muy poca para notar el efecto. En la lista de ingredientes la verás como goma guar, guar gum o E412, casi siempre precedida de la palabra espesante o estabilizante. Es tan versátil que hasta la industria del petróleo la usa para espesar fluidos de perforación.

Para qué sirve

Para dar cuerpo y mantenerlo. En los helados es donde más luce: frena la formación de cristales de hielo y deja esa textura cremosa que aguanta los vaivenes del congelador de casa. En yogures y postres lácteos aporta consistencia, en salsas y cremas evita que el agua se separe, y en productos cárnicos ayuda a retener la humedad. Tiene además un papel estrella en el pan y la bollería sin gluten, donde imita parte de la elasticidad que el gluten daría a la masa. Como espesa en frío y en caliente, sirve igual para una bechamel de sobre que para un batido, y rara vez trabaja sola: suele ir en equipo con carragenanos, garrofín o emulgentes como el E-471.

De dónde se obtiene

Cien por cien vegetal. Se obtiene de las semillas del guar, una planta de la familia de las legumbres que aguanta bien la sequía y se cultiva sobre todo en India, el mayor productor mundial, y en Pakistán. El proceso es casi de molino: se separa el endospermo de la semilla, se limpia y se muele hasta obtener un polvo fino de color crema. No interviene ninguna síntesis química ni nada de origen animal, así que es apta para veganos y vegetarianos sin matices. De hecho, en tiendas de repostería se vende tal cual, en bote, para espesar en la cocina de casa, igual que la maicena.

Qué dice la normativa

Pertenece al Grupo I, el club de los aditivos que la norma admite en una lista larguísima de alimentos, en su caso 78 categorías: lácteos, helados, pan, carne, pescado, conservas y muchas más. La mayoría de sus autorizaciones van por la regla general del grupo, unas pocas son a la cantidad necesaria y unas cuantas tienen tope concreto, entre ellas las bebidas a base de leche para niños de corta edad, donde la vigilancia es mayor. Su lista se ha ido retocando con el tiempo, la última vez con el Reglamento (UE) 2026/196. Las cifras exactas, categoría a categoría, están en la tabla de esta página.

Dónde está autorizado y en qué cantidad 79 autorizaciones vigentes

Categoría de alimento Dosis máxima Condiciones
01.10 Bebidas a base de leche y productos similares destinados a niños de corta edad 10 g/kg (X)
01.3 Productos lácteos fermentados sin aromatizar tratados térmicamente tras la fermentación · como Grupo I la del grupo
01.4 Productos lácteos fermentados aromatizados, incluso tratados térmicamente · como Grupo I la del grupo
01.6.2 Productos lácteos sin aromatizar fermentados por la acción de organismos vivos, y sus sucedáneos, con un contenido de grasas inferior al 20 % quantum satis
01.6.3 Otras natas · como Grupo I la del grupo
01.7.1 Queso fresco, excepto los productos incluidos en la categoría 16 · como Grupo I la del grupo excepto mozzarella
01.7.5 Queso fundido · como Grupo I la del grupo
01.7.6 Productos a base de queso (excepto los incluidos en la categoría 16) · como Grupo I la del grupo
01.8 Sucedáneos de productos lácteos, incluso blanqueadores de bebidas · como Grupo I la del grupo
02.2.2 Otras emulsiones de grasas y aceites, incluso grasas lácteas para untar, tal como se definen en el Reglamento (CE) no 1234/2007 del Consejo, y emulsiones líquidas · como Grupo I la del grupo
02.3 Aerosol de aceite vegetal para freír · como Grupo I la del grupo
03 Helados · como Grupo I la del grupo
04.2.1 Frutas y hortalizas secas · como Grupo I la del grupo Los aditivos E 410, E 412, E 415 y E 417 no podrán utilizarse para producir alimentos deshidratados destinados a rehidratarse en la ingestión
04.2.2 Frutas y hortalizas en vinagre, aceite o salmuera · como Grupo I la del grupo
04.2.3 Frutas y hortalizas en conserva quantum satis solo castañas en líquido
04.2.4.1 Preparados de frutas y hortalizas, excepto compota · como Grupo I la del grupo
04.2.5.2 Confituras, jaleas, marmalades y crema de castañas, tal como se definen en la Directiva 2001/113/CE 10 g/kg (32)
04.2.5.3 Otras frutas u hortalizas similares para untar 10 g/kg (32)
04.2.5.4 Mantequilla de frutos de cáscara y frutos de cáscara para untar · como Grupo I la del grupo
04.2.6 Productos elaborados a base de patata · como Grupo I la del grupo
05.1 Productos de cacao y de chocolate, tal como se definen en la Directiva 2000/36/CE · como Grupo I la del grupo solo de valor energético reducido o sin azúcares añadidos
05.2 Otros productos de confitería, incluidas las micropastillas para refrescar el aliento · como Grupo I la del grupo las sustancias inscritas con los números E 400-404, E 406, E 407, E 407a, E 410, E 412-415, E 417, E 418, E 425 y E 440 no podrán utilizarse en minicápsulas de gelatina definidas, a efectos del presente Reglamento, como artículos de confitería a base de gelatina de consistencia firme, contenidos en minicápsulas semirrígidas, destinadas a ser ingeridas de golpe tras haber presionado la minicápsula para proyectar el producto de confitería en la boca; los aditivos E 410, E 412, E 415 y E 417 no podrán utilizarse para producir alimentos deshidratados destinados a rehidratarse en la ingestión E 425 no podrá utilizarse artículos de confitería a base de gelatina
05.3 Chicle · como Grupo I la del grupo
05.4 Adornos, coberturas y rellenos, excepto los rellenos a base de frutas incluidos en la categoría 4.2.4 · como Grupo I la del grupo
06.2.2 Almidones y féculas · como Grupo I la del grupo
06.3 Cereales de desayuno · como Grupo I la del grupo
06.4.2 Pastas alimenticias secas · como Grupo I la del grupo Solo pasta sin gluten (como alimentos producidos especialmente para reducir el contenido de gluten de los ingredientes que contienen gluten o sustituir los ingredientes que contienen gluten) o la destinada a dietas hipoproteicas
06.4.4 Ñoquis de patata · como Grupo I la del grupo excepto ñoquis de patata frescos refrigerados
06.4.5 Rellenos para pastas (raviolis y similares) · como Grupo I la del grupo
06.5 Noodles (fideos orientales) · como Grupo I la del grupo
06.6 Masa para rebozar · como Grupo I la del grupo
06.7 Cereales precocinados o elaborados · como Grupo I la del grupo
07.1 Pan y panes especiales · como Grupo I la del grupo excepto los productos que figuran en 7.1.1 y 7.1.2
07.2 Productos de bollería, pastelería, repostería y galletería · como Grupo I la del grupo
08.2 Preparados de carne, tal como se definen en el Reglamento (CE) no 853/2004 quantum satis solo preparados en los cuales se han inyectado ingredientes; preparados de carne compuestos por partes de carne tratadas de forma diferente: picadas, cortadas en filetes o transformadas, y combinadas entre sí. Excepto bifteki, soutzoukaki, kebap, gyros y souvlaki
08.3.1 Productos cárnicos no sometidos a tratamiento térmico · como Grupo I la del grupo
08.3.2 Productos cárnicos sometidos a tratamiento térmico · como Grupo I la del grupo excepto foie gras, foie gras entier, blocs de foie gras, libamáj, libamáj egészben y libamáj tömbben
08.3.3 Tripas, recubrimientos y decoraciones para carne · como Grupo I la del grupo
09.2 Pescado y productos de la pesca elaborados, incluso moluscos y crustáceos · como Grupo I la del grupo
09.3 Huevas · como Grupo I la del grupo solo huevas elaboradas
10.2 Huevos y ovoproductos elaborados · como Grupo I la del grupo
11.2 Otros azúcares y jarabes · como Grupo I la del grupo
11.4.1 Edulcorantes de mesa líquidos quantum satis
11.4.2 Edulcorantes de mesa en polvo quantum satis
12.1.2 Sustitutos de la sal · como Grupo I la del grupo
12.2.2 Condimentos y aderezos · como Grupo I la del grupo
12.3 Vinagres y ácido acético diluido (en agua, del 4 al 30 % en volumen) · como Grupo I la del grupo
12.4 Mostaza · como Grupo I la del grupo
12.5 Caldos y sopas · como Grupo I la del grupo
12.6 Salsas · como Grupo I la del grupo
12.7 Ensaladas preparadas y productos aromatizados para untar bocadillos · como Grupo I la del grupo
12.8 Levadura y productos de levadura · como Grupo I la del grupo
12.9 Productos proteínicos, excepto los incluidos en la categoría 1.8 · como Grupo I la del grupo
13.1.2 Preparados de continuación, tal como se definen en el Reglamento (UE) n.o 609/2013 1 g/kg (17)
13.1.3 Alimentos elaborados a base de cereales y alimentos infantiles, tal como se definen en el Reglamento (UE) n.o 609/2013 10 g/kg solo alimentos y alimentos infantiles a base de cereales (21)
13.1.3 Alimentos elaborados a base de cereales y alimentos infantiles, tal como se definen en el Reglamento (UE) n.o 609/2013 20 g/kg solo alimentos a base de cereales sin gluten (21)
13.1.5.2 Alimentos para usos médicos especiales, tal como se definen en el Reglamento (UE) n.o 609/2013, destinados a lactantes a partir de los cuatro meses de edad y niños de corta edad 10 g/kg desde el nacimiento, en productos líquidos que contengan proteínas, péptidos o aminoácidos hidrolizados Período de aplicación: hasta el 27 de abril de 2027
13.2 Alimentos para usos médicos especiales, tal como se definen en el Reglamento (UE) n.o 609/2013 (excepto los incluidos en la categoría 13.1.5) · como Grupo I la del grupo
13.3 Sustitutivos de la dieta completa para el control de peso, tal como se definen en el Reglamento (UE) n.o 609/2013 · como Grupo I la del grupo
14.1.2 Zumos de fruta, tal como se definen en la Directiva 2001/112/CE, y jugos de legumbres u hortalizas · como Grupo I la del grupo solo jugos de legumbres u hortalizas
14.1.3 Néctares de fruta, tal como se definen en la Directiva 2001/112/CE, y néctares de productos similares · como Grupo I la del grupo solo néctares de frutas y hortalizas; no podrán utilizarse, E 420, E 421, E 953, E 965, E 966, E 967 ni E 968
14.1.4 Bebidas aromatizadas · como Grupo I la del grupo no podrán utilizarse E 420, E 421, E 953, E 965, E 966 ni E 967 E 968 no podrá utilizarse, salvo cuando se indique expresamente en esta categoría de alimentos
14.1.5.2 Otros · como Grupo I la del grupo excepto té en hojas sin aromatizantes, incluido el café instantáneo aromatizado; no deben utilizarse en bebidas E 420, E 421, E 953, E 965, E 966, E 967 ni E 968
14.2.3 Sidra y perada · como Grupo I la del grupo no deben utilizarse E 420, E 421, E 953, E 965, E 966, E 967 ni E 968
14.2.4 Vino de fruta y vino elaborado · como Grupo I la del grupo no deben utilizarse E 420, E 421, E 953, E 965, E 966, E 967 ni E 968
14.2.5 Hidromiel · como Grupo I la del grupo no deben utilizarse E 420, E 421, E 953, E 965, E 966, E 967 ni E 968
14.2.6 Bebidas espirituosas, tal como se definen en el Reglamento (UE) 2019/787 · como Grupo I la del grupo excepto whisky o whiskey; no deben utilizarse E 420, E 421, E 953, E 965, E 966, E 967 ni E 968, excepto en licores
14.2.7.1 Vinos aromatizados · como Grupo I la del grupo no deben utilizarse E 420, E 421, E 953, E 965, E 966, E 967 ni E 968
14.2.7.2 Bebidas a base de vino aromatizado · como Grupo I la del grupo no deben utilizarse E 420, E 421, E 953, E 965, E 966, E 967 ni E 968
14.2.7.3 Cócteles aromatizados de productos vitivinícolas · como Grupo I la del grupo no deben utilizarse E 420, E 421, E 953, E 965, E 966, E 967 ni E 968
14.2.8 Otras bebidas alcohólicas, incluidas las mezclas de bebidas alcohólicas y no alcohólicas, y otras bebidas alcohólicas a base de alcohol destilado con un grado alcohólico volumétrico inferior al 15 % · como Grupo I la del grupo no deben utilizarse E 420, E 421, E 953, E 965, E 966, E 967 ni E 968
15.1 Productos de aperitivo a base de patatas, cereales, harinas o almidones · como Grupo I la del grupo
15.2 Frutos de cáscara elaborados · como Grupo I la del grupo
16 Postres, excepto los productos incluidos en las categorías 1, 3 y 4 · como Grupo I la del grupo
17.1 Complementos alimenticios sólidos, excepto los destinados a lactantes y niños de corta edad · como Grupo I la del grupo E 410, E 412, E 415, E 417 y E 425 no podrán utilizarse para producir complementos alimenticios deshidratados destinados a rehidratarse en la ingestión
17.2 Complementos alimenticios líquidos, excepto los destinados a lactantes y niños de corta edad · como Grupo I la del grupo
18.1 Alimentos elaborados no incluidos en las categorías 18.2 y 18.3, excepto alimentos para lactantes y niños de corta edad · como Grupo I la del grupo
18.2 Sustitutivos de comidas para el control del peso según lo dispuesto en el Reglamento (UE) n.o 432/2012 de la Comisión · como Grupo I la del grupo
18.3 Alimentos producidos especialmente para reducir el contenido de gluten de los ingredientes que contienen gluten o para sustituir los ingredientes que contienen gluten · como Grupo I la del grupo Incluida la pasta seca

Cifras en mg/kg (o mg/l según el alimento) tomadas del texto consolidado del Reglamento (CE) n.º 1333/2008. Quantum satis significa que la norma no fija un límite numérico: se usa la cantidad necesaria y no más.

Notas al pie de la norma (5)
  • 01.10 (X) Si se añade a un alimento más de una de las sustancias E 407, E 410, E 412, E 414, E 415 y E 440, la dosis máxima establecida para este alimento para cada una de estas sustancias se reducirá en la parte proporcional en que las otras sustancias en su conjunto estén presentes en dicho alimento.
  • 04.2.5.2 (32) Máximos solos o combinados de E 400-404, E 406, E 407, E 410, E 412, E 415 y E 418.
  • 04.2.5.3 (32) Máximos solos o combinados de E 400-404, E 406, E 407, E 410, E 412, E 415 y E 418.
  • 13.1.2 (17) Si se añaden a un producto alimenticio más de una de las sustancias E 407, E 410 y E 412, la dosis máxima establecida para este alimento para cada una de estas sustancias se reducirá en la parte alícuota en que las otras sustancias estén presentes en dicho alimento.
  • 13.1.3 (21) E 410, E 412, E 414, E 415 y E 440 se autorizan solos o combinados.

En qué alimentos está de verdad sobre 760 productos del catálogo

Helados
130
Carne
5
Postres, excepto los productos incluidos en las categorías 1, 3 y 4
6
Productos lácteos fermentados aromatizados, incluso tratados térmicamente
21
Queso y productos derivados
31
Sucedáneos de productos lácteos, incluso blanqueadores de bebidas
1
Productos de cacao y de chocolate, tal como se definen en la Directiva 2000/36/CE
1
Granos enteros, triturados o en copos
1

Productos que lo llevan 760 en el catálogo

Mini napolitanas variadas saladas 20 uds. 360 g.

Mini napolitanas variadas saladas 20 uds. 360 g.

SNACK SALADO · Alcampo

32 aditivos

Hojaldritos saladitos de sabores surtidos 12 uds.

Hojaldritos saladitos de sabores surtidos 12 uds.

SNACK SALADO · Alcampo

31 aditivos

Sándwich de pollo con mostaza 160 g

Sándwich de pollo con mostaza 160 g

lm · Dia

29 aditivos

Tarta infantil 1000 g.

Tarta infantil 1000 g.

PASTELERÍA · Alcampo

28 aditivos

Tarta infantil sin gluten 750 g

Tarta infantil sin gluten 750 g

MARCA NACIONAL SIN MARCA · Carrefour

28 aditivos

Sándwich de jamón y bacon 160 g

Sándwich de jamón y bacon 160 g

lm · Dia

26 aditivos

OH MY DEAL! Flauta pulled pork bbq al estilo americano 240 g.

OH MY DEAL! Flauta pulled pork bbq al estilo americano 240 g.

OH MY MEAL! · Alcampo

26 aditivos

Tortita pizza fiambre de jamón de pavo Aldelís 270 g

Tortita pizza fiambre de jamón de pavo Aldelís 270 g

ALDELIS · Carrefour

25 aditivos

ALDELÍS Pizza enrollada, rellena de fiambre de jamón de pavo, mozzarella y queso 2 x 135 g.

ALDELÍS Pizza enrollada, rellena de fiambre de jamón de pavo, mozzarella y queso 2 x 135 g.

ALDELÍS · Alcampo

25 aditivos

OH MY DEAL! Flauta fajita al estilo mexicano 240 g.

OH MY DEAL! Flauta fajita al estilo mexicano 240 g.

OH MY MEAL! · Alcampo

25 aditivos

LA BROCHE Flautas rellenas de pollo y 2 quesos, sin aceite de palma LA BROCHE Fun roll 275 g.

LA BROCHE Flautas rellenas de pollo y 2 quesos, sin aceite de palma LA BROCHE Fun roll 275 g.

LA BROCHE · Alcampo

24 aditivos

LA BROCHE Flautas rellenas de carne a la barbacoa con bacon LA BROCHE Funroll 2 x 130 g.

LA BROCHE Flautas rellenas de carne a la barbacoa con bacon LA BROCHE Funroll 2 x 130 g.

LA BROCHE · Alcampo

23 aditivos

Ver los 760 productos con E-412 →

Reparto por supermercado

528

Alcampo · 69 %

122

Carrefour · 16 %

60

Dia · 8 %

50

Mercadona · 7 %

Alternativas sin ningún aditivo mismos tipos de alimento, etiqueta sin ningún número E

Costilla ibérica fresca Carrefour 900 g aprox

CARREFOUR · Carrefour

sin aditivos

Entrecot de Vaca Madurada 100% Extremadura Carrefour El Mercado 600 g aprox

CARREFOUR · Carrefour

sin aditivos

Mini sandwich Duo Avellana Carrefour Sensation 6 uds.

CARREFOUR · Carrefour

sin aditivos

Panceta de cerdo en filetes Carrefour El Mercado 1 kg aprox

CARREFOUR · Carrefour

sin aditivos

Bandeja de preparado de carne picada mixta (vacuno-cerdo), elaborada sin gluten ROLER 800 g.

ROLER · Alcampo

sin aditivos

Bandeja de preparado de carne picada de vacuno, elaborada sin gluten ROLER 800 g.

ROLER · Alcampo

sin aditivos

Otros nombres

Denominación oficial en la UEGoma guar
También conocido comoGuar gum
Número EE 412
WikidataQ422071

Preguntas frecuentes

¿Qué es el E-412 y para qué se usa?

El E-412 es goma guar, un espesante que se muele de la semilla de una legumbre india y que con una pizca convierte agua en algo cremoso. Está en helados, yogures, salsas y pan sin gluten. Es fibra vegetal, apta para veganos, y una de las gomas más eficaces y baratas que maneja la industria.

¿Es malo el E-412?

Es fibra soluble, de la que el cuerpo no digiere: pasa al colon y allí la fermentan las bacterias, como la fibra de las legumbres de las que sale. A las cantidades que se usan como aditivo, que son pequeñas, no hay una preocupación real sobre la mesa. La historia turbia de la goma guar viene de otro sitio: hace décadas se vendieron en Estados Unidos pastillas adelgazantes a base de guar que prometían hincharse en el estómago para quitar el hambre, y algunas se hinchaban antes de tiempo, en el esófago, causando obstrucciones. Se retiraron del mercado. Nada de eso tiene que ver con la pizca que lleva un helado. Lo único que puede notar alguien muy sensible, si consume mucha, es lo mismo que con cualquier fibra: gases o hinchazón.

¿En qué alimentos se puede usar el E-412?

La norma europea lo autoriza en 78 categorías de alimentos, entre ellas bebidas a base de leche y productos similares destinados a niños de corta edad, productos lácteos fermentados sin aromatizar tratados térmicamente tras la fermentación, productos lácteos fermentados aromatizados, incluso tratados térmicamente. El listado completo con la dosis máxima de cada una está en esta página.

¿Cuál es la dosis máxima permitida de E-412?

Depende del alimento: la norma fija un máximo distinto en cada categoría. El valor más alto que recoge el Anexo II del Reglamento (CE) 1333/2008 es de 20 g/kg en la categoría Alimentos elaborados a base de cereales y alimentos infantiles, tal como se definen en el Reglamento (UE) n.o 609/2013. En algunos alimentos se autoriza quantum satis, es decir, sin límite numérico, usando solo la cantidad necesaria.

¿En cuántos productos de supermercado está el E-412?

Lo hemos encontrado en 760 productos activos de nuestro catálogo de Alcampo, Carrefour, Dia y Mercadona, y donde más aparece es en Alcampo (528 productos).

¿El E-412 es apto para veganos?

Sí. Según los datos de origen de Open Food Facts, el E-412 no procede de animales, así que es apto para dietas veganas y vegetarianas.

¿En qué se diferencia la goma guar del garrofín (E-410)?

Son primas hermanas: las dos son galactomananos sacados de semillas de leguminosas. La diferencia práctica es que la guar espesa en frío y es más barata, mientras que el garrofín, que sale del algarrobo mediterráneo, necesita calor para desplegarse y forma geles más firmes cuando se junta con carragenanos. Por eso muchos helados llevan las dos: cada una hace un trabajo distinto y juntas rinden más.

¿Por qué aparece tanto en el pan sin gluten?

Porque el gluten no es solo una proteína polémica: es lo que da elasticidad y estructura a la masa. Al quitarlo, el pan tiende a quedar seco y a desmigarse. La goma guar retiene agua y crea una red que imita parte de ese comportamiento, así que la miga sale más jugosa y el pan aguanta mejor. Es uno de los ingredientes de cabecera de la panadería sin gluten, junto a la goma xantana.

¿La goma guar cuenta como fibra?

Sí, es fibra soluble en sentido estricto: nuestro sistema digestivo no la rompe y llega intacta al colon. Ahora bien, no esperes que el yogur o el helado que la llevan te aporten fibra de forma apreciable: como aditivo se usa en cantidades tan pequeñas que su papel es dar textura, no nutrir. La fibra de verdad sigue estando en las legumbres, la fruta y el cereal integral.

Aparece junto a estos aditivos en la misma etiqueta, según el catálogo

Fuentes

  • Reglamento (CE) n.º 1333/2008, Anexo II (lista de la Unión y condiciones de uso), texto consolidado. Ver en EUR-Lex
  • REGLAMENTO (UE) 2026/196 DE LA COMISIÓN de 28 de enero de 2026. EUR-Lex
  • REGLAMENTO (UE) N o 1129/2011 DE LA COMISIÓN de 11 de noviembre de 2011. EUR-Lex
  • REGLAMENTO (UE) N o 438/2013 DE LA COMISIÓN de 13 de mayo de 2013. EUR-Lex
  • REGLAMENTO (UE) 2025/2058 DE LA COMISIÓN de 14 de octubre de 2025. EUR-Lex
  • Base de datos de aditivos alimentarios de la Comisión Europea (verificación del estatus de autorización).
  • Datos de productos: catálogo propio de Alcampo, Carrefour, Dia y Mercadona. Cómo se recogen.