CAMPOFRÍO Naturarte Jamón cocido extra, cortado en lonchas
7 aditivos
El E-267 es vinagre tamponado: vinagre de toda la vida al que se le rebaja la acidez para que conserve la comida sin avinagrarla. Es uno de los números E más nuevos de la etiqueta europea, y su historia tiene miga: nació para poner orden en el marketing del sin conservantes.
Es vinagre cuya acidez se ha neutralizado en parte con sales, de ahí lo de tamponado: el resultado es una mezcla de ácido acético y acetatos que mantiene el poder conservante del vinagre pero sin su sabor agrio ni su olor punzante. En la etiqueta lo verás como vinagre tamponado, buffered vinegar o E267. Durante años la industria lo usaba declarándolo simplemente como vinagre, un ingrediente de sonido casero perfecto para las etiquetas limpias. Europa acabó decidiendo que, si se añade para conservar, es un aditivo con todas las letras, y le asignó su propio número. Por eso ha empezado a aparecer en las listas de ingredientes hace relativamente poco.
Su trabajo principal es conservar: el entorno ácido que crea frena el crecimiento de bacterias, incluida la listeria, que es la gran preocupación en productos cocidos y envasados. Por eso lo encontrarás sobre todo en fiambres y carne cocida, como la pechuga de pavo o el jamón cocido, y también en pescado elaborado, platos preparados, salsas y ensaladas envasadas. Alarga la vida útil sin que el producto sepa a escabeche, que es justo lo que el vinagre normal no puede ofrecer. En los fiambres suele ir en compañía habitual del nitrito (E-250), el eritorbato (E-316) o los trifosfatos (E-451), cada uno con su papel en el mismo equipo.
Empieza igual que el vinagre de tu cocina: una doble fermentación en la que levaduras convierten azúcares vegetales en alcohol y bacterias acéticas convierten ese alcohol en ácido acético. Después viene el paso que le da el apellido: se tampona con sales minerales, normalmente de sodio o potasio, que neutralizan parte de la acidez. Todo el proceso parte de materias primas vegetales y no interviene nada de origen animal, así que es apto para veganos y vegetarianos. Es, en esencia, la versión industrial y domesticada de uno de los conservantes más antiguos que existen: el vinagre lleva milenios guardando alimentos.
Está autorizado dentro del Grupo I, el club de los aditivos que pueden usarse a la cantidad necesaria en una lista muy larga de alimentos: desde lácteos fermentados y quesos hasta pan, pasta, productos cárnicos o pescado elaborado. Como todo el Grupo I, queda fuera de los alimentos que la norma quiere mantener sin aditivos, como la leche, la miel o los alimentos para bebés. Al ser una incorporación reciente a la lista de la Unión, varios reglamentos lo han ido tocando; el más nuevo es el Reglamento (UE) 2025/2058. El detalle, categoría a categoría, está en la tabla de esta página.
| Categoría de alimento | Dosis máxima | Condiciones |
|---|---|---|
| 01.3 Productos lácteos fermentados sin aromatizar tratados térmicamente tras la fermentación · como Grupo I | la del grupo | |
| 01.4 Productos lácteos fermentados aromatizados, incluso tratados térmicamente · como Grupo I | la del grupo | |
| 01.6.3 Otras natas · como Grupo I | la del grupo | |
| 01.7.1 Queso fresco, excepto los productos incluidos en la categoría 16 · como Grupo I | la del grupo | excepto mozzarella |
| 01.7.1 Queso fresco, excepto los productos incluidos en la categoría 16 | quantum satis | solo mozzarella |
| 01.7.4 Requesón | quantum satis | |
| 01.7.5 Queso fundido · como Grupo I | la del grupo | |
| 01.7.6 Productos a base de queso (excepto los incluidos en la categoría 16) · como Grupo I | la del grupo | |
| 01.8 Sucedáneos de productos lácteos, incluso blanqueadores de bebidas · como Grupo I | la del grupo | |
| 02.2.2 Otras emulsiones de grasas y aceites, incluso grasas lácteas para untar, tal como se definen en el Reglamento (CE) no 1234/2007 del Consejo, y emulsiones líquidas · como Grupo I | la del grupo | |
| 02.3 Aerosol de aceite vegetal para freír · como Grupo I | la del grupo | |
| 03 Helados · como Grupo I | la del grupo | |
| 04.2.1 Frutas y hortalizas secas · como Grupo I | la del grupo | Los aditivos E 410, E 412, E 415 y E 417 no podrán utilizarse para producir alimentos deshidratados destinados a rehidratarse en la ingestión |
| 04.2.2 Frutas y hortalizas en vinagre, aceite o salmuera · como Grupo I | la del grupo | |
| 04.2.3 Frutas y hortalizas en conserva | quantum satis | |
| 04.2.4.1 Preparados de frutas y hortalizas, excepto compota · como Grupo I | la del grupo | |
| 04.2.5.4 Mantequilla de frutos de cáscara y frutos de cáscara para untar · como Grupo I | la del grupo | |
| 04.2.6 Productos elaborados a base de patata · como Grupo I | la del grupo | |
| 05.1 Productos de cacao y de chocolate, tal como se definen en la Directiva 2000/36/CE · como Grupo I | la del grupo | solo de valor energético reducido o sin azúcares añadidos |
| 05.2 Otros productos de confitería, incluidas las micropastillas para refrescar el aliento · como Grupo I | la del grupo | las sustancias inscritas con los números E 400-404, E 406, E 407, E 407a, E 410, E 412-415, E 417, E 418, E 425 y E 440 no podrán utilizarse en minicápsulas de gelatina definidas, a efectos del presente Reglamento, como artículos de confitería a base de gelatina de consistencia firme, contenidos en minicápsulas semirrígidas, destinadas a ser ingeridas de golpe tras haber presionado la minicápsula para proyectar el producto de confitería en la boca; los aditivos E 410, E 412, E 415 y E 417 no podrán utilizarse para producir alimentos deshidratados destinados a rehidratarse en la ingestión E 425 no podrá utilizarse artículos de confitería a base de gelatina |
| 05.3 Chicle · como Grupo I | la del grupo | |
| 05.4 Adornos, coberturas y rellenos, excepto los rellenos a base de frutas incluidos en la categoría 4.2.4 · como Grupo I | la del grupo | |
| 06.2.2 Almidones y féculas · como Grupo I | la del grupo | |
| 06.3 Cereales de desayuno · como Grupo I | la del grupo | |
| 06.4.1 Pastas alimenticias frescas | quantum satis | |
| 06.4.2 Pastas alimenticias secas · como Grupo I | la del grupo | Solo pasta sin gluten (como alimentos producidos especialmente para reducir el contenido de gluten de los ingredientes que contienen gluten o sustituir los ingredientes que contienen gluten) o la destinada a dietas hipoproteicas |
| 06.4.3 Pastas alimenticias frescas precocidas | quantum satis | |
| 06.4.4 Ñoquis de patata · como Grupo I | la del grupo | excepto ñoquis de patata frescos refrigerados |
| 06.4.4 Ñoquis de patata | quantum satis | solo ñoquis de patata frescos refrigerados |
| 06.4.5 Rellenos para pastas (raviolis y similares) · como Grupo I | la del grupo | |
| 06.5 Noodles (fideos orientales) · como Grupo I | la del grupo | |
| 06.6 Masa para rebozar · como Grupo I | la del grupo | |
| 06.7 Cereales precocinados o elaborados · como Grupo I | la del grupo | |
| 07.1 Pan y panes especiales · como Grupo I | la del grupo | excepto los productos que figuran en 7.1.1 y 7.1.2 |
| 07.1.1 Pan elaborado exclusivamente con los siguientes ingredientes: harina de trigo, agua, levadura o masa madre y sal | quantum satis | |
| 07.1.2 Pain courant français y Friss búzakenyér, fehér és félbarna kenyerek | quantum satis | |
| 07.2 Productos de bollería, pastelería, repostería y galletería · como Grupo I | la del grupo | |
| 08.2 Preparados de carne, tal como se definen en el Reglamento (CE) no 853/2004 | quantum satis | solo preparados envasados de carne picada fresca y preparados de carne a los que se han añadido otros ingredientes distintos de los aditivos o de la sal |
| 08.3.1 Productos cárnicos no sometidos a tratamiento térmico · como Grupo I | la del grupo | |
| 08.3.2 Productos cárnicos sometidos a tratamiento térmico · como Grupo I | la del grupo | excepto foie gras, foie gras entier, blocs de foie gras, libamáj, libamáj egészben y libamáj tömbben |
| 08.3.3 Tripas, recubrimientos y decoraciones para carne · como Grupo I | la del grupo | |
| 09.2 Pescado y productos de la pesca elaborados, incluso moluscos y crustáceos · como Grupo I | la del grupo | |
| 09.3 Huevas · como Grupo I | la del grupo | solo huevas elaboradas |
| 10.2 Huevos y ovoproductos elaborados · como Grupo I | la del grupo | |
| 11.2 Otros azúcares y jarabes · como Grupo I | la del grupo | |
| 12.1.2 Sustitutos de la sal · como Grupo I | la del grupo | |
| 12.2.2 Condimentos y aderezos · como Grupo I | la del grupo | |
| 12.3 Vinagres y ácido acético diluido (en agua, del 4 al 30 % en volumen) · como Grupo I | la del grupo | |
| 12.4 Mostaza · como Grupo I | la del grupo | |
| 12.5 Caldos y sopas · como Grupo I | la del grupo | |
| 12.6 Salsas · como Grupo I | la del grupo | |
| 12.7 Ensaladas preparadas y productos aromatizados para untar bocadillos · como Grupo I | la del grupo | |
| 12.8 Levadura y productos de levadura · como Grupo I | la del grupo | |
| 12.9 Productos proteínicos, excepto los incluidos en la categoría 1.8 · como Grupo I | la del grupo | |
| 13.2 Alimentos para usos médicos especiales, tal como se definen en el Reglamento (UE) n.o 609/2013 (excepto los incluidos en la categoría 13.1.5) · como Grupo I | la del grupo | |
| 13.3 Sustitutivos de la dieta completa para el control de peso, tal como se definen en el Reglamento (UE) n.o 609/2013 · como Grupo I | la del grupo | |
| 14.1.2 Zumos de fruta, tal como se definen en la Directiva 2001/112/CE, y jugos de legumbres u hortalizas · como Grupo I | la del grupo | solo jugos de legumbres u hortalizas |
| 14.1.3 Néctares de fruta, tal como se definen en la Directiva 2001/112/CE, y néctares de productos similares · como Grupo I | la del grupo | solo néctares de frutas y hortalizas; no podrán utilizarse, E 420, E 421, E 953, E 965, E 966, E 967 ni E 968 |
| 14.1.4 Bebidas aromatizadas · como Grupo I | la del grupo | no podrán utilizarse E 420, E 421, E 953, E 965, E 966 ni E 967 E 968 no podrá utilizarse, salvo cuando se indique expresamente en esta categoría de alimentos |
| 14.1.5.2 Otros · como Grupo I | la del grupo | excepto té en hojas sin aromatizantes, incluido el café instantáneo aromatizado; no deben utilizarse en bebidas E 420, E 421, E 953, E 965, E 966, E 967 ni E 968 |
| 14.2.3 Sidra y perada · como Grupo I | la del grupo | no deben utilizarse E 420, E 421, E 953, E 965, E 966, E 967 ni E 968 |
| 14.2.4 Vino de fruta y vino elaborado · como Grupo I | la del grupo | no deben utilizarse E 420, E 421, E 953, E 965, E 966, E 967 ni E 968 |
| 14.2.5 Hidromiel · como Grupo I | la del grupo | no deben utilizarse E 420, E 421, E 953, E 965, E 966, E 967 ni E 968 |
| 14.2.6 Bebidas espirituosas, tal como se definen en el Reglamento (UE) 2019/787 · como Grupo I | la del grupo | excepto whisky o whiskey; no deben utilizarse E 420, E 421, E 953, E 965, E 966, E 967 ni E 968, excepto en licores |
| 14.2.7.1 Vinos aromatizados · como Grupo I | la del grupo | no deben utilizarse E 420, E 421, E 953, E 965, E 966, E 967 ni E 968 |
| 14.2.7.2 Bebidas a base de vino aromatizado · como Grupo I | la del grupo | no deben utilizarse E 420, E 421, E 953, E 965, E 966, E 967 ni E 968 |
| 14.2.7.3 Cócteles aromatizados de productos vitivinícolas · como Grupo I | la del grupo | no deben utilizarse E 420, E 421, E 953, E 965, E 966, E 967 ni E 968 |
| 14.2.8 Otras bebidas alcohólicas, incluidas las mezclas de bebidas alcohólicas y no alcohólicas, y otras bebidas alcohólicas a base de alcohol destilado con un grado alcohólico volumétrico inferior al 15 % · como Grupo I | la del grupo | no deben utilizarse E 420, E 421, E 953, E 965, E 966, E 967 ni E 968 |
| 15.1 Productos de aperitivo a base de patatas, cereales, harinas o almidones · como Grupo I | la del grupo | |
| 15.2 Frutos de cáscara elaborados · como Grupo I | la del grupo | |
| 16 Postres, excepto los productos incluidos en las categorías 1, 3 y 4 · como Grupo I | la del grupo | |
| 17.1 Complementos alimenticios sólidos, excepto los destinados a lactantes y niños de corta edad · como Grupo I | la del grupo | E 410, E 412, E 415, E 417 y E 425 no podrán utilizarse para producir complementos alimenticios deshidratados destinados a rehidratarse en la ingestión |
| 17.2 Complementos alimenticios líquidos, excepto los destinados a lactantes y niños de corta edad · como Grupo I | la del grupo | |
| 18.1 Alimentos elaborados no incluidos en las categorías 18.2 y 18.3, excepto alimentos para lactantes y niños de corta edad · como Grupo I | la del grupo | |
| 18.2 Sustitutivos de comidas para el control del peso según lo dispuesto en el Reglamento (UE) n.o 432/2012 de la Comisión · como Grupo I | la del grupo | |
| 18.3 Alimentos producidos especialmente para reducir el contenido de gluten de los ingredientes que contienen gluten o para sustituir los ingredientes que contienen gluten · como Grupo I | la del grupo | Incluida la pasta seca |
Cifras en mg/kg (o mg/l según el alimento) tomadas del texto consolidado del Reglamento (CE) n.º 1333/2008. Quantum satis significa que la norma no fija un límite numérico: se usa la cantidad necesaria y no más.
CAMPOFRÍO Naturarte Jamón cocido extra, cortado en lonchas
7 aditivos
Jamón cocido extra Campofrio Natur Arte 120 g.
6 aditivos
CAMPOFRÍO Natur arte Jamón cocido extra cortado en lonchas 105 g.
6 aditivos
CAMPOFRÍO Naturarte jamón cocido extra, 93% carnes 90 g.
6 aditivos
CAMPOFRÍO Natuarte Jamón asado al horno, cortado en lonchas 110 g.
5 aditivos
Filetes lomo de cerdo extra tiernos
4 aditivos
Salmón con verduras Listo para Comer
3 aditivos
4
Alcampo · 57 %
2
Mercadona · 29 %
1
Carrefour · 14 %
Costilla ibérica fresca Carrefour 900 g aprox
sin aditivos
Mini sandwich Duo Avellana Carrefour Sensation 6 uds.
sin aditivos
Panceta de cerdo en filetes Carrefour El Mercado 1 kg aprox
sin aditivos
CODORNICES MORENO Codornices frescas 2 uds.
sin aditivos
MORENO Perdiz fresca 360 gr
sin aditivos
CODORNICES MORENO Bandeja de codornices frescas 4 uds.
sin aditivos
| Denominación oficial en la UE | Vinagre tamponado |
| También conocido como | Buffered vinegar |
| Número E | E 267 |
| Wikidata | Q130547560 |
El E-267 es vinagre tamponado: vinagre de toda la vida al que se le rebaja la acidez para que conserve la comida sin avinagrarla. Es uno de los números E más nuevos de la etiqueta europea, y su historia tiene miga: nació para poner orden en el marketing del sin conservantes.
Difícil que lo sea, porque en el fondo es vinagre con la acidez rebajada: ácido acético y acetatos, sustancias que tu cuerpo maneja cada vez que aliñas una ensalada. Como todo aditivo nuevo, tuvo que pasar la evaluación de seguridad de la EFSA antes de entrar en la lista europea, y la superó. La polémica real que lo rodea no va de salud sino de honestidad en la etiqueta: durante años se usó declarado como simple vinagre para poder vender productos con el reclamo de sin conservantes, cuando su función era precisamente conservar. Al darle un número E, la norma obliga a llamarlo por su nombre, así que verlo en una lista de ingredientes es más una señal de transparencia que de otra cosa. El conservante es el mismo de siempre; lo que ha cambiado es que ya no puede esconderse.
La norma europea lo autoriza en 74 categorías de alimentos, entre ellas productos lácteos fermentados sin aromatizar tratados térmicamente tras la fermentación, productos lácteos fermentados aromatizados, incluso tratados térmicamente, otras natas. El listado completo con la dosis máxima de cada una está en esta página.
La norma lo autoriza quantum satis: no fija un límite numérico, sino que permite usar solo la cantidad necesaria para lograr el efecto buscado, siguiendo las buenas prácticas de fabricación.
Lo hemos encontrado en 7 productos activos de nuestro catálogo de Alcampo, Carrefour, Dia y Mercadona, y donde más aparece es en Alcampo (4 productos).
Sí. Según los datos de origen de Open Food Facts, el E-267 no procede de animales, así que es apto para dietas veganas y vegetarianas.
En la acidez y en el papel que juega. El vinagre normal es muy ácido y sabe a vinagre, con lo que solo encaja en escabeches, encurtidos y aliños. El tamponado tiene parte de esa acidez neutralizada con sales, así que conserva casi igual de bien pero sin imponer su sabor: puedes ponerlo en un jamón cocido sin que sepa a boquerón en vinagre. Además, el normal es un ingrediente y el tamponado, un aditivo que debe declararse como tal.
Porque lo que define a un aditivo no es de dónde viene sino para qué se añade. Cuando el vinagre se modifica y se usa con una función tecnológica, conservar, deja de ser un ingrediente culinario y pasa a ser un aditivo que la norma quiere ver identificado en la etiqueta. Es la misma lógica por la que la sal es ingrediente pero el nitrito, que también cura la carne, es E-250.
Se parecen mucho y de hecho suelen aparecer juntos en las etiquetas. El E-262 son sales puras del ácido acético, obtenidas de forma directa, mientras que el E-267 es el vinagre completo de fermentación, tamponado después: una mezcla natural de ácido acético y acetatos con otros compuestos menores del vinagre. El efecto conservante es primo hermano; el origen y la forma de fabricarlos, no.