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alimentos y aditivos

E-955 — Sucralosa · Edulcorante

El E-955 es sucralosa, un edulcorante intenso que nace del azúcar de mesa pero que el cuerpo apenas aprovecha: endulza sin aportar calorías. Es el dulzor de muchos refrescos zero, yogures light y helados sin azúcar, casi siempre en pareja con el acesulfamo K. Endulza muchísimo más que el azúcar, así que basta una pizca.

Autorizado en la UE Apto para veganos Edulcorante 248 productos reales

Qué es

Es una molécula de sacarosa, azúcar común de toda la vida, a la que se le han cambiado tres grupos por átomos de cloro. Ese retoque la vuelve tremendamente dulce y, a la vez, irreconocible para el cuerpo, que la deja pasar casi sin tocarla. Se descubrió en 1976 en un laboratorio de Londres, y la anécdota es buena: un investigador entendió taste donde le habían dicho test, la probó y descubrió que aquello era dulcísimo. En la etiqueta la verás como sucralosa o edulcorante E955, sin más nombres raros. A diferencia de otros edulcorantes, no deja regusto amargo, y eso explica buena parte de su éxito.

Para qué sirve

Para endulzar sin azúcar y sin calorías. Como su dulzor se parece bastante al del azúcar y aguanta bien el calor y la acidez, sirve donde otros edulcorantes flaquean: yogures de sabores, helados, postres, chocolates sin azúcar añadido, chicles, mermeladas light, salsas, refrescos e incluso cervezas y sidras rebajadas de azúcar. También es la base de muchos edulcorantes de mesa, esos botes en polvo o gotas que sustituyen al azucarero. Rara vez va sola: suele combinarse con acesulfamo K, porque juntos se redondean el sabor y hace falta menos cantidad de cada uno. Si un producto pone zero o sin azúcares, hay muchas papeletas de que esté aquí.

De dónde se obtiene

Es de síntesis, pero con una materia prima muy familiar: se parte de sacarosa, el azúcar de la remolacha o la caña, y en el laboratorio se sustituyen tres de sus grupos por cloro mediante un proceso de cloración selectiva. De ahí viene el reclamo publicitario de que procede del azúcar, que es cierto a medias: sale del azúcar, pero al final del proceso ya es otra cosa. No interviene nada de origen animal, así que es apta para veganos y vegetarianos. La paradoja es bonita: el ingrediente más dulce que existe en tu despensa se fabrica estropeando a propósito una molécula de azúcar para que el cuerpo no sepa qué hacer con ella.

Qué dice la normativa

La norma la autoriza como E 955 en una lista larga de categorías: lácteos fermentados aromatizados, helados, confituras, chocolate, chicle, bollería, salsas, sopas, bebidas aromatizadas, cervezas y sidras, complementos alimenticios y productos para el control de peso, entre otras. Casi todas esas autorizaciones llevan un tope propio; solo unas pocas, como los edulcorantes de mesa, van a la cantidad necesaria. No pertenece a ningún grupo de dosis conjunta, así que su límite se mira categoría a categoría. Varios reglamentos recientes han ido retocando sus usos, el último el Reglamento (UE) 2025/2058. Las cifras exactas de cada categoría están en la tabla de esta página.

Dónde está autorizado y en qué cantidad 49 autorizaciones vigentes

Categoría de alimento Dosis máxima Condiciones
01.4 Productos lácteos fermentados aromatizados, incluso tratados térmicamente 400 mg/kg solo de valor energético reducido o sin azúcares añadidos
03 Helados 320 mg/kg solo de valor energético reducido o sin azúcares añadidos
04.2.2 Frutas y hortalizas en vinagre, aceite o salmuera 180 mg/kg solo conservas agridulces de frutas, verduras y hortalizas
04.2.3 Frutas y hortalizas en conserva 400 mg/kg solo frutos de valor energético reducido o sin azúcares añadidos
04.2.4.1 Preparados de frutas y hortalizas, excepto compota 400 mg/kg solo de valor energético reducido
04.2.5.1 Confitura extra y jalea extra, tal como se definen en la Directiva 2001/113/CE 400 mg/kg solo confituras, jaleas y marmalades de valor energético reducido (52)
04.2.5.2 Confituras, jaleas, marmalades y crema de castañas, tal como se definen en la Directiva 2001/113/CE 400 mg/kg solo confituras , jaleas y marmalades de valor energético reducido
04.2.5.3 Otras frutas u hortalizas similares para untar 400 mg/kg solo frutas y hortalizas para untar de valor energético reducido y productos para untar a base de frutos secos, de valor energético reducido o sin azúcar añadido
05.1 Productos de cacao y de chocolate, tal como se definen en la Directiva 2000/36/CE 800 mg/kg solo de valor energético reducido o sin azúcares añadidos
05.2 Otros productos de confitería, incluidas las micropastillas para refrescar el aliento 800 mg/kg solo productos a base de cacao, frutas desecadas, de valor energético reducido o sin azúcares añadidos
05.2 Otros productos de confitería, incluidas las micropastillas para refrescar el aliento 200 mg/kg solo confitería en forma de comprimidos, de valor energético reducido
05.2 Otros productos de confitería, incluidas las micropastillas para refrescar el aliento 400 mg/kg solo cremas para untar el pan a base de cacao, leche, frutas desecadas o grasas , de valor energético reducido o sin azúcares añadidos
05.2 Otros productos de confitería, incluidas las micropastillas para refrescar el aliento 1 g/kg solo productos de confitería a base de almidón, de valor energético reducido o sin azúcares añadidos
05.2 Otros productos de confitería, incluidas las micropastillas para refrescar el aliento 1 g/kg solo productos de confitería sin azúcares añadidos
05.2 Otros productos de confitería, incluidas las micropastillas para refrescar el aliento 2,4 g/kg solo micropastillas para refrescar el aliento, sin azúcares añadidos
05.2 Otros productos de confitería, incluidas las micropastillas para refrescar el aliento 1 g/kg solo pastillas refrescantes muy aromatizadas para la garganta, sin azúcares añadidos
05.3 Chicle 1,2 g/kg solo como potenciador de sabor, para chicle con azúcares añadidos o polialcoholes (12)
05.3 Chicle 3 g/kg solo chicles sin azúcares añadidos
05.4 Adornos, coberturas y rellenos, excepto los rellenos a base de frutas incluidos en la categoría 4.2.4 1 g/kg solo productos de confitería a base de almidón, de valor energético reducido o sin azúcares añadidos
05.4 Adornos, coberturas y rellenos, excepto los rellenos a base de frutas incluidos en la categoría 4.2.4 1 g/kg solo productos de confitería sin azúcares añadidos
05.4 Adornos, coberturas y rellenos, excepto los rellenos a base de frutas incluidos en la categoría 4.2.4 800 mg/kg solo productos de confitería a base de cacao, frutas desecadas , de valor energético reducido o sin azúcares añadidos
05.4 Adornos, coberturas y rellenos, excepto los rellenos a base de frutas incluidos en la categoría 4.2.4 450 mg/kg solo salsas
06.3 Cereales de desayuno 400 mg/kg solo cereales de desayuno con un contenido de fibra superior al 15 % y que contengan al menos un 20 % de salvado, de valor energético reducido o sin azúcares añadidos
07.2 Productos de bollería, pastelería, repostería y galletería 800 mg/kg solo cucuruchos y galletas de barquillo para helado sin azúcares añadidos
07.2 Productos de bollería, pastelería, repostería y galletería 800 mg/kg solo Essoblaten y obleas
09.2 Pescado y productos de la pesca elaborados, incluso moluscos y crustáceos 120 mg/kg solo conservas y semiconservas agridulces de pescado y escabeches de pescado, crustáceos y moluscos
11.4.1 Edulcorantes de mesa líquidos quantum satis
11.4.2 Edulcorantes de mesa en polvo quantum satis
11.4.3 Edulcorantes de mesa en comprimidos quantum satis
12.4 Mostaza 140 mg/kg
12.5 Caldos y sopas 45 mg/kg solo sopas de valor energético reducido
12.6 Salsas 450 mg/kg
12.7 Ensaladas preparadas y productos aromatizados para untar bocadillos 140 mg/kg solo Feinkostsalat
13.2 Alimentos para usos médicos especiales, tal como se definen en el Reglamento (UE) n.o 609/2013 (excepto los incluidos en la categoría 13.1.5) 400 mg/kg
13.3 Sustitutivos de la dieta completa para el control de peso, tal como se definen en el Reglamento (UE) n.o 609/2013 320 mg/kg
14.1.3 Néctares de fruta, tal como se definen en la Directiva 2001/112/CE, y néctares de productos similares 300 mg/kg solo de valor energético reducido o sin azúcares añadidos
14.1.4 Bebidas aromatizadas 300 mg/kg solo de valor energético reducido o sin azúcares añadidos
14.2.1 Cerveza y bebidas a base de malta 250 mg/kg solo cerveza sin alcohol o con grado alcohólico inferior o igual a 1,2 % vol. ; bière de table / Tafelbier / Table Beer (que contenga menos de un 6 % de mosto primitivo) excepto Obergäriges Einfachbier; cervezas con una acidez mínima de 30 miliequivalentes expresada en NaOH; cervezas negras del tipo oud bruin
14.2.1 Cerveza y bebidas a base de malta 10 mg/kg solo cerveza de valor energético reducido
14.2.3 Sidra y perada 50 mg/kg excepto cydr jakościowy, perry jakościowe, cydr lodowy y perry lodowe
14.2.8 Otras bebidas alcohólicas, incluidas las mezclas de bebidas alcohólicas y no alcohólicas, y otras bebidas alcohólicas a base de alcohol destilado con un grado alcohólico volumétrico inferior al 15 % 250 mg/kg
15.1 Productos de aperitivo a base de patatas, cereales, harinas o almidones 200 mg/kg
15.2 Frutos de cáscara elaborados 200 mg/kg
16 Postres, excepto los productos incluidos en las categorías 1, 3 y 4 400 mg/kg solo de valor energético reducido o sin azúcares añadidos
17.1 Complementos alimenticios sólidos, excepto los destinados a lactantes y niños de corta edad 800 mg/kg
17.1 Complementos alimenticios sólidos, excepto los destinados a lactantes y niños de corta edad 2,4 g/kg Solo complementos alimenticios masticables
17.2 Complementos alimenticios líquidos, excepto los destinados a lactantes y niños de corta edad 240 mg/kg
17.2 Complementos alimenticios líquidos, excepto los destinados a lactantes y niños de corta edad 2,4 g/kg Solo complementos alimenticios en forma de jarabe
18.2 Sustitutivos de comidas para el control del peso según lo dispuesto en el Reglamento (UE) n.o 432/2012 de la Comisión 320 mg/kg

Cifras en mg/kg (o mg/l según el alimento) tomadas del texto consolidado del Reglamento (CE) n.º 1333/2008. Quantum satis significa que la norma no fija un límite numérico: se usa la cantidad necesaria y no más.

Notas al pie de la norma (2)
  • 04.2.5.1 (52) Las dosis máximas utilizables se expresan como imida libre.
  • 05.3 (12) Si E 950, E 951, E 955, E 957, E 959 y E 961 se usan en combinación en el chicle, se reducirán proporcionalmente las dosis máximas de cada uno.

En qué alimentos está de verdad sobre 248 productos del catálogo

Helados
5
Postres, excepto los productos incluidos en las categorías 1, 3 y 4
6
Productos lácteos fermentados aromatizados, incluso tratados térmicamente
15
Sucedáneos de productos lácteos, incluso blanqueadores de bebidas
3
Productos de cacao y de chocolate, tal como se definen en la Directiva 2000/36/CE
1
Otros productos de confitería, incluidas las micropastillas para refrescar el aliento
8
Noodles (fideos orientales)
2
Productos de bollería, pastelería, repostería y galletería
1

Productos que lo llevan 248 en el catálogo

Tarta infantil 1000 g.

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PASTELERÍA · Alcampo

28 aditivos

Tarta bombón infantil niño San Martín 500 g

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21 aditivos

MENTOS Chicles de frutas silvestres sin azúcar 30 g.

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MENTOS · Alcampo

18 aditivos

PATRULLA CANINA Decoración comestible 17,5 g.

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PATRULLA CANINA · Alcampo

13 aditivos

BURMAR Polo flash clasic 12 uds 840 ml.

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BURMAR · Alcampo

11 aditivos

Yogur desnatado con frutas Dia Láctea pack 8 x 125 g

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dia lactea · Dia

11 aditivos

Chicles sabor sandía Clix One sin gluten y sin azúcar 50 g.

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CLIX · Carrefour

11 aditivos

CAZORLA Agua mineral con zumo de limón sin azúcares añadidos botella 1,25 l.

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CAZORLA · Alcampo

11 aditivos

SIERRA CAZORLA Agua mineral más zumo de naranja sin azúcares añadidos 1,25 l.

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SIERRA CAZORLA · Alcampo

10 aditivos

VITAFRUT Refresco vitaminado de naranja, sin azúcares añadidos, 3 l.

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VITAFRUT · Alcampo

9 aditivos

FANTA Zero Refresco de sandía sin azúcares añadidos lata 330ml

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FANTA · Alcampo

9 aditivos

CITRA Refresco vitaminado de naranja 3 L.

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CITRA · Alcampo

9 aditivos

Ver los 248 productos con E-955 →

Reparto por supermercado

125

Alcampo · 50 %

82

Dia · 33 %

28

Carrefour · 11 %

13

Mercadona · 5 %

Alternativas sin ningún aditivo mismos tipos de alimento, etiqueta sin ningún número E

SOLAN DE CABRAS Agua mineral garrafa de 5 l.

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SOLAN DE CABRAS · Alcampo

sin aditivos

MONDARIZ Agua mineral con gas botella de 75 centilitros

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MONDARIZ · Alcampo

sin aditivos

FONTECABRAS Agua mineral botella de 1,50 litros

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FONTECABRAS · Alcampo

sin aditivos

MAISON PERRIER Forever naranja, Agua con gas sabor naranja 50 cl.

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MAISON PERRIER · Alcampo

sin aditivos

SOLAN DE CABRAS Agua mineral botella de 1,5 l.

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SOLAN DE CABRAS · Alcampo

sin aditivos

VICHY CATALAN Agua mineral con gas sabor lima limón lata de 33 cl.

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VICHY CATALAN · Alcampo

sin aditivos

Otros nombres

Denominación oficial en la UESucralosa
También conocido comoSucralose
Número EE 955
WikidataQ410209

Preguntas frecuentes

¿Qué es el E-955 y para qué se usa?

El E-955 es sucralosa, un edulcorante intenso que nace del azúcar de mesa pero que el cuerpo apenas aprovecha: endulza sin aportar calorías. Es el dulzor de muchos refrescos zero, yogures light y helados sin azúcar, casi siempre en pareja con el acesulfamo K. Endulza muchísimo más que el azúcar, así que basta una pizca.

¿Es malo el E-955?

La sucralosa tiene una particularidad que juega a su favor: el cuerpo apenas la absorbe y la mayor parte sale tal cual entró, sin metabolizarse. Fue evaluada a fondo antes de su autorización en Europa, y en 2016 la EFSA publicó un dictamen sobre un uso concreto, su empleo en alimentos para usos médicos especiales destinados a niños pequeños, sin encontrar motivo de preocupación para ese uso. Los debates abiertos son dos. Uno, estudios en animales que sugieren efectos sobre la microbiota intestinal, con resultados dispares y a dosis muy altas. Dos, qué pasa cuando se calienta a temperaturas muy elevadas, porque puede degradarse y formar compuestos clorados indeseables; por eso algún organismo europeo ha pedido prudencia al hornear con ella. Mientras tanto, la norma mantiene topes concretos en casi todos sus usos.

¿En qué alimentos se puede usar el E-955?

La norma europea lo autoriza en 35 categorías de alimentos, entre ellas productos lácteos fermentados aromatizados, incluso tratados térmicamente, helados, frutas y hortalizas en vinagre, aceite o salmuera. El listado completo con la dosis máxima de cada una está en esta página.

¿Cuál es la dosis máxima permitida de E-955?

Depende del alimento: la norma fija un máximo distinto en cada categoría. El valor más alto que recoge el Anexo II del Reglamento (CE) 1333/2008 es de 3 g/kg en la categoría Chicle. En algunos alimentos se autoriza quantum satis, es decir, sin límite numérico, usando solo la cantidad necesaria.

¿En cuántos productos de supermercado está el E-955?

Lo hemos encontrado en 248 productos activos de nuestro catálogo de Alcampo, Carrefour, Dia y Mercadona, y donde más aparece es en Alcampo (125 productos).

¿El E-955 es apto para veganos?

Sí. Según los datos de origen de Open Food Facts, el E-955 no procede de animales, así que es apto para dietas veganas y vegetarianas.

¿Cómo puede venir del azúcar y no tener calorías?

Porque el parecido es solo de origen. Al colocarle los tres átomos de cloro, la molécula deja de encajar en las enzimas que digieren el azúcar: el cuerpo no la reconoce como alimento, no la descompone y la elimina prácticamente intacta. Las papilas de la lengua, en cambio, sí la detectan, y con mucha más intensidad que a la sacarosa. Resultado: todo el dulzor, nada del combustible.

¿Por qué casi siempre va con acesulfamo K (E-950)?

Porque son pareja de baile. Cada edulcorante intenso tiene su defecto: el acesulfamo K entra rápido pero deja un punto amargo, la sucralosa entra más tarde y se alarga. Combinados, uno tapa los fallos del otro y el perfil se parece más al del azúcar. Además hay sinergia: juntos endulzan más que por separado, así que hace falta menos cantidad de cada uno. Verlos juntos en la etiqueta es lo normal, no una rareza.

¿Puedo cocinar u hornear con sucralosa?

Aguanta el calor mejor que otros edulcorantes, y por eso está en bollería y postres industriales, donde el proceso está controlado. La duda está en las temperaturas muy altas del horno casero: hay estudios que apuntan a que puede degradarse y formar compuestos clorados poco deseables, y algún organismo europeo ha recomendado prudencia mientras se aclara. Para endulzar en frío o en caliente moderado no hay ese debate.

Aparece junto a estos aditivos en la misma etiqueta, según el catálogo

Fuentes

  • Reglamento (CE) n.º 1333/2008, Anexo II (lista de la Unión y condiciones de uso), texto consolidado. Ver en EUR-Lex
  • REGLAMENTO (UE) N o 1129/2011 DE LA COMISIÓN de 11 de noviembre de 2011. EUR-Lex
  • REGLAMENTO (UE) N o 913/2013 DE LA COMISIÓN de 23 de septiembre de 2013. EUR-Lex
  • REGLAMENTO (UE) 2016/1776 DE LA COMISIÓN de 6 de octubre de 2016. EUR-Lex
  • REGLAMENTO (UE) 2024/374 DE LA COMISIÓN de 24 de enero de 2024. EUR-Lex
  • EFSA: Safety of the proposed extension of use of sucralose -E 955- in foods for special medical purposes in young children (2016). Ver dictamen
  • Base de datos de aditivos alimentarios de la Comisión Europea (verificación del estatus de autorización).
  • Datos de productos: catálogo propio de Alcampo, Carrefour, Dia y Mercadona. Cómo se recogen.