MENTOS Chicles de frutas silvestres sin azúcar 30 g.
18 aditivos
El E-950 es acesulfamo K, un edulcorante sin calorías unas doscientas veces más dulce que el azúcar. Su punto fuerte es que aguanta el calor, así que endulza donde otros se rinden: bollería, postres, chicles o refrescos. Casi nunca trabaja solo: suele ir en pareja con otro edulcorante para redondear el sabor.
Un edulcorante intenso de síntesis que nació por accidente: en 1967, un químico de la alemana Hoechst llamado Karl Clauss se chupó el dedo mientras trabajaba con una sustancia nueva y notó que era tremendamente dulce. La K es de potasio (kalium en latín), porque es una sal potásica. En la etiqueta lo verás como acesulfamo K, acesulfame K o edulcorante E950, muchas veces en la misma línea que la sucralosa o el aspartamo. Tiene una particularidad curiosa: el cuerpo no lo metaboliza, entra, endulza y sale tal cual, sin aportar energía ni transformarse en nada por el camino.
Para dar dulzor sin azúcar y sin calorías, y hacerlo en condiciones difíciles. A diferencia de otros edulcorantes, resiste el horneado y el almacenamiento largo sin perder dulzor, y por eso encaja en bollería, postres, helados, yogures aromatizados, chicles, salsas y bebidas de todo tipo, desde refrescos hasta cervezas con poco alcohol. También es habitual en los edulcorantes de mesa. Su defecto es un regusto amargo cuando se usa solo en cantidad alta, y su virtud es que combinado con sucralosa o aspartamo el dulzor se multiplica: juntos endulzan más que por separado y cada uno tapa los flecos del otro. De ahí que casi siempre aparezca acompañado.
Es cien por cien de síntesis: se fabrica en laboratorio a partir de derivados del ácido acetoacético y no interviene nada de origen animal ni vegetal, así que es apto para veganos y vegetarianos sin ninguna letra pequeña. Tampoco es un producto de fermentación, como sí lo son otros aditivos: aquí todo es química industrial de principio a fin. Esa pureza tiene una consecuencia práctica curiosa: como el organismo no tiene enzimas para procesarlo, lo elimina por la orina exactamente igual que entró. Ni se acumula ni deja residuos, simplemente pasa de largo.
Está en la lista de la Unión como edulcorante y su lista de usos es larga: lácteos fermentados aromatizados, helados, confituras, chicle, bollería, cereales de desayuno, salsas, sopas, bebidas aromatizadas, cervezas y sidras, postres y complementos alimenticios, entre otras. Lo interesante es cómo se autoriza: casi siempre con un tope propio para cada categoría, y solo en los edulcorantes de mesa va a la cantidad necesaria. Varios reglamentos han ido retocando esos usos en los últimos años, el más reciente de 2025. Las cifras exactas, categoría a categoría, están en la tabla de esta página.
| Categoría de alimento | Dosis máxima | Condiciones |
|---|---|---|
| 01.4 Productos lácteos fermentados aromatizados, incluso tratados térmicamente | 350 mg/kg | solo de valor energético reducido o sin azúcares añadidos |
| 03 Helados | 800 mg/kg | solo de valor energético reducido o sin azúcares añadidos |
| 04.2.2 Frutas y hortalizas en vinagre, aceite o salmuera | 200 mg/kg | solo conservas agridulces de frutas, verduras y hortalizas |
| 04.2.3 Frutas y hortalizas en conserva | 350 mg/kg | solo frutos de valor energético reducido o sin azúcares añadidos |
| 04.2.4.1 Preparados de frutas y hortalizas, excepto compota | 350 mg/kg | solo de valor energético reducido |
| 04.2.5.1 Confitura extra y jalea extra, tal como se definen en la Directiva 2001/113/CE | 1 g/kg | solo confituras, jaleas y marmalades de valor energético reducido |
| 04.2.5.2 Confituras, jaleas, marmalades y crema de castañas, tal como se definen en la Directiva 2001/113/CE | 1 g/kg | solo confituras , jaleas y marmalades de valor energético reducido |
| 04.2.5.3 Otras frutas u hortalizas similares para untar | 1 g/kg | solo frutas y hortalizas para untar de valor energético reducido y productos para untar a base de frutos secos, de valor energético reducido o sin azúcar añadido |
| 05.1 Productos de cacao y de chocolate, tal como se definen en la Directiva 2000/36/CE | 500 mg/kg | solo de valor energético reducido o sin azúcares añadidos |
| 05.2 Otros productos de confitería, incluidas las micropastillas para refrescar el aliento | 500 mg/kg | solo productos a base de cacao, frutas desecadas, de valor energético reducido o sin azúcares añadidos |
| 05.2 Otros productos de confitería, incluidas las micropastillas para refrescar el aliento | 500 mg/kg | solo confitería en forma de comprimidos, de valor energético reducido |
| 05.2 Otros productos de confitería, incluidas las micropastillas para refrescar el aliento | 1 g/kg | solo cremas para untar el pan a base de cacao, leche, frutas desecadas o grasas , de valor energético reducido o sin azúcares añadidos |
| 05.2 Otros productos de confitería, incluidas las micropastillas para refrescar el aliento | 1 g/kg | solo productos de confitería a base de almidón, de valor energético reducido o sin azúcares añadidos |
| 05.2 Otros productos de confitería, incluidas las micropastillas para refrescar el aliento | 500 mg/kg | solo productos de confitería sin azúcares añadidos |
| 05.2 Otros productos de confitería, incluidas las micropastillas para refrescar el aliento | 2,5 g/kg | solo micropastillas para refrescar el aliento, sin azúcares añadidos |
| 05.3 Chicle | 800 mg/kg | solo como potenciador de sabor, para chicle con azúcares añadidos o polialcoholes (12) |
| 05.3 Chicle | 2 g/kg | solo chicles sin azúcares añadidos |
| 05.4 Adornos, coberturas y rellenos, excepto los rellenos a base de frutas incluidos en la categoría 4.2.4 | 1 g/kg | solo productos de confitería a base de almidón, de valor energético reducido o sin azúcares añadidos |
| 05.4 Adornos, coberturas y rellenos, excepto los rellenos a base de frutas incluidos en la categoría 4.2.4 | 500 mg/kg | solo productos de confitería sin azúcares añadidos |
| 05.4 Adornos, coberturas y rellenos, excepto los rellenos a base de frutas incluidos en la categoría 4.2.4 | 500 mg/kg | solo productos de confitería a base de cacao, frutas desecadas , de valor energético reducido o sin azúcares añadidos |
| 05.4 Adornos, coberturas y rellenos, excepto los rellenos a base de frutas incluidos en la categoría 4.2.4 | 350 mg/kg | solo salsas |
| 06.3 Cereales de desayuno | 1,2 g/kg | solo cereales de desayuno con un contenido de fibra superior al 15 % y que contengan al menos un 20 % de salvado, de valor energético reducido o sin azúcares añadidos |
| 07.2 Productos de bollería, pastelería, repostería y galletería | 2 g/kg | solo cucuruchos y galletas de barquillo para helado sin azúcares añadidos |
| 07.2 Productos de bollería, pastelería, repostería y galletería | 2 g/kg | solo Essoblaten y obleas |
| 09.2 Pescado y productos de la pesca elaborados, incluso moluscos y crustáceos | 200 mg/kg | solo conservas y semiconservas agridulces de pescado y escabeches de pescado, crustáceos y moluscos |
| 11.4.1 Edulcorantes de mesa líquidos | quantum satis | |
| 11.4.2 Edulcorantes de mesa en polvo | quantum satis | |
| 11.4.3 Edulcorantes de mesa en comprimidos | quantum satis | |
| 12.4 Mostaza | 350 mg/kg | |
| 12.5 Caldos y sopas | 110 mg/kg | solo sopas de valor energético reducido |
| 12.6 Salsas | 350 mg/kg | |
| 12.7 Ensaladas preparadas y productos aromatizados para untar bocadillos | 350 mg/kg | solo Feinkostsalat |
| 13.2 Alimentos para usos médicos especiales, tal como se definen en el Reglamento (UE) n.o 609/2013 (excepto los incluidos en la categoría 13.1.5) | 450 mg/kg | |
| 13.3 Sustitutivos de la dieta completa para el control de peso, tal como se definen en el Reglamento (UE) n.o 609/2013 | 450 mg/kg | |
| 14.1.3 Néctares de fruta, tal como se definen en la Directiva 2001/112/CE, y néctares de productos similares | 350 mg/kg | solo de valor energético reducido o sin azúcares añadidos |
| 14.1.4 Bebidas aromatizadas | 350 mg/kg | solo de valor energético reducido o sin azúcares añadidos |
| 14.2.1 Cerveza y bebidas a base de malta | 350 mg/kg | solo cerveza sin alcohol o con grado alcohólico inferior o igual a 1,2 % vol. ; bière de table / Tafelbier / Table Beer (que contenga menos de un 6 % de mosto primitivo) excepto Obergäriges Einfachbier; cervezas con una acidez mínima de 30 miliequivalentes expresada en NaOH; cervezas negras del tipo oud bruin |
| 14.2.1 Cerveza y bebidas a base de malta | 25 mg/kg | solo cerveza de valor energético reducido (52) |
| 14.2.3 Sidra y perada | 350 mg/kg | excepto cydr jakościowy, perry jakościowe, cydr lodowy y perry lodowe |
| 14.2.8 Otras bebidas alcohólicas, incluidas las mezclas de bebidas alcohólicas y no alcohólicas, y otras bebidas alcohólicas a base de alcohol destilado con un grado alcohólico volumétrico inferior al 15 % | 350 mg/kg | |
| 15.1 Productos de aperitivo a base de patatas, cereales, harinas o almidones | 350 mg/kg | |
| 15.2 Frutos de cáscara elaborados | 350 mg/kg | |
| 16 Postres, excepto los productos incluidos en las categorías 1, 3 y 4 | 350 mg/kg | solo de valor energético reducido o sin azúcares añadidos |
| 17.1 Complementos alimenticios sólidos, excepto los destinados a lactantes y niños de corta edad | 500 mg/kg | |
| 17.1 Complementos alimenticios sólidos, excepto los destinados a lactantes y niños de corta edad | 2 g/kg | Solo complementos alimenticios masticables |
| 17.2 Complementos alimenticios líquidos, excepto los destinados a lactantes y niños de corta edad | 350 mg/kg | |
| 17.2 Complementos alimenticios líquidos, excepto los destinados a lactantes y niños de corta edad | 2 g/kg | Solo complementos alimenticios en forma de jarabe |
| 18.2 Sustitutivos de comidas para el control del peso según lo dispuesto en el Reglamento (UE) n.o 432/2012 de la Comisión | 450 mg/kg |
Cifras en mg/kg (o mg/l según el alimento) tomadas del texto consolidado del Reglamento (CE) n.º 1333/2008. Quantum satis significa que la norma no fija un límite numérico: se usa la cantidad necesaria y no más.
MENTOS Chicles de frutas silvestres sin azúcar 30 g.
18 aditivos
AUCHAN Caja con 3 tipos de helados diferentes, todos ellos sin azucares añadidos 6 uds. Producto Alcampo
16 aditivos
AUCHAN Sandwich relleno de helado de nata, sin azucares añadidos 6 X 100 ml. Producto Alcampo
13 aditivos
LA CHISPA Bebida refrescante con sabor a naranja botella de 2 l.
11 aditivos
BURMAR Polo flash clasic 12 uds 840 ml.
11 aditivos
Yogur desnatado con frutas Dia Láctea pack 8 x 125 g
11 aditivos
Sandwich de nata Nordwik 5 uds.
11 aditivos
Chicles sabor sandía Clix One sin gluten y sin azúcar 50 g.
11 aditivos
Refresco de naranja Revoltosa 2 l.
11 aditivos
AUCHAN Helado bombón almendrado de vainilla, sin gluten ni azucares añadidos 3 x 110 ml. Producto Alcampo
11 aditivos
CAZORLA Agua mineral con zumo de limón sin azúcares añadidos botella 1,25 l.
11 aditivos
Fanta de limón pack 9 latas 33 cl.
10 aditivos
149
Alcampo · 47 %
93
Dia · 29 %
40
Mercadona · 13 %
35
Carrefour · 11 %
SOLAN DE CABRAS Agua mineral garrafa de 5 l.
sin aditivos
MONDARIZ Agua mineral con gas botella de 75 centilitros
sin aditivos
FONTECABRAS Agua mineral botella de 1,50 litros
sin aditivos
MAISON PERRIER Forever naranja, Agua con gas sabor naranja 50 cl.
sin aditivos
SOLAN DE CABRAS Agua mineral botella de 1,5 l.
sin aditivos
VICHY CATALAN Agua mineral con gas sabor lima limón lata de 33 cl.
sin aditivos
| Denominación oficial en la UE | Acesulfamo K |
| También conocido como | Acesulfame K |
| Número E | E 950 |
| Wikidata | Q132037 |
El E-950 es acesulfamo K, un edulcorante sin calorías unas doscientas veces más dulce que el azúcar. Su punto fuerte es que aguanta el calor, así que endulza donde otros se rinden: bollería, postres, chicles o refrescos. Casi nunca trabaja solo: suele ir en pareja con otro edulcorante para redondear el sabor.
Es uno de los edulcorantes más estudiados que existen y lleva décadas autorizado en Europa. A su favor tiene algo poco habitual: el cuerpo no lo metaboliza, así que no genera subproductos de los que preocuparse. La EFSA publicó en 2016 un dictamen sobre la ampliación de su uso a alimentos para usos médicos especiales en niños pequeños, un uso que hoy figura entre los autorizados. La polémica que le rodea no es tanto suya como de los edulcorantes en general: en 2023 la OMS recomendó no confiar en ellos como herramienta para perder peso, un consejo sobre su utilidad, no sobre su seguridad. La norma, por su parte, le pone tope en casi todas las categorías donde lo permite. Con eso sobre la mesa, el veredicto es tuyo.
La norma europea lo autoriza en 35 categorías de alimentos, entre ellas productos lácteos fermentados aromatizados, incluso tratados térmicamente, helados, frutas y hortalizas en vinagre, aceite o salmuera. El listado completo con la dosis máxima de cada una está en esta página.
Depende del alimento: la norma fija un máximo distinto en cada categoría. El valor más alto que recoge el Anexo II del Reglamento (CE) 1333/2008 es de 2,5 g/kg en la categoría Otros productos de confitería, incluidas las micropastillas para refrescar el aliento. En algunos alimentos se autoriza quantum satis, es decir, sin límite numérico, usando solo la cantidad necesaria.
Lo hemos encontrado en 317 productos activos de nuestro catálogo de Alcampo, Carrefour, Dia y Mercadona, y donde más aparece es en Alcampo (149 productos).
Sí. Según los datos de origen de Open Food Facts, el E-950 no procede de animales, así que es apto para dietas veganas y vegetarianas.
Es el símbolo químico del potasio, porque el aditivo es una sal potásica del acesulfamo. No tiene nada que ver con la vitamina K, una confusión más habitual de lo que parece. Y tampoco lo tomes como fuente de potasio: con lo poquísimo que hace falta para endulzar, la cantidad de mineral que aporta es irrelevante.
Por dos motivos. Usado solo en cantidad alta deja un regusto amargo o metálico que no gusta a nadie. Y combinado con sucralosa o aspartamo se produce una sinergia: la mezcla endulza más que la suma de sus partes, así que hace falta menos de cada uno y el sabor queda más limpio. Por eso en las etiquetas suele ir de la mano del E-955.
En la resistencia. El acesulfamo K aguanta el calor y el paso del tiempo, mientras que el aspartamo se degrada al hornear y pierde dulzor en productos que se almacenan mucho. Además, el aspartamo se metaboliza y libera fenilalanina, por lo que lleva advertencia obligatoria en la etiqueta; el acesulfamo sale del cuerpo sin transformarse y no necesita ninguna. En los refrescos suelen ir juntos.