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26 aditivos
El E-1404 es almidón oxidado: almidón de toda la vida, de maíz o de patata, retocado para que espese mejor y aguante el procesado industrial. Es el primero de la familia de los almidones modificados y aparece en salsas, rebozados, fiambres y platos preparados. Uno de los aditivos más discretos de la etiqueta.
Almidón al que se le ha aplicado un tratamiento de oxidación muy controlado para cambiar su comportamiento: el resultado espesa de forma más suave, da geles más claros y forma películas finas, algo que el almidón sin tocar no hace tan bien. Es el primer código de la familia de los almidones modificados, que llega hasta el E-1451, cada uno con su retoque y su especialidad. En la etiqueta casi nunca verás el número: lo habitual es que aparezca como almidón modificado, a secas o indicando la planta de origen. No confundas modificado con transgénico: aquí lo que se modifica es la molécula de almidón, no la planta.
Es un obrero multiusos de la textura. Como espesante da cuerpo a salsas, cremas, postres lácteos y rellenos sin apelmazarlos. Como estabilizante evita que un yogur de fresa suelte suero o que una salsa se separe en el lineal. Y en productos cárnicos como el jamón cocido ayuda a retener agua y a que la loncha no se desmigue. Su punto fuerte frente a otros almidones es que espesa con menos viscosidad y forma capas finas, por eso funciona bien en masas para rebozar, coberturas y confitería. La industria lo elige cuando el almidón normal se rompería con el calor, el bombeo o la congelación.
Cien por cien vegetal. Se parte de almidón de maíz, patata, trigo o tapioca, se somete al tratamiento de oxidación y se lava y seca. No interviene nada de origen animal en ningún punto del proceso, así que es apto para veganos y vegetarianos sin letra pequeña. El único matiz que puede interesarte es el del gluten: si el almidón procede de trigo, la normativa de alérgenos obliga a decirlo en la etiqueta. Cuando solo pone almidón modificado sin mencionar ningún cereal con gluten, es que viene de otra fuente, normalmente maíz o patata, las más baratas y abundantes en Europa.
Pertenece al Grupo I, el club de los aditivos que la norma considera de perfil más tranquilo: se admite en una lista larguísima de alimentos, casi siempre a la cantidad necesaria para hacer su trabajo, sin tope numérico. Solo unas pocas categorías tienen cifra máxima propia, entre ellas las bebidas a base de leche para niños de corta edad, un terreno donde muy pocos aditivos tienen entrada. Como todo el Grupo I, queda fuera de los alimentos que la norma quiere mantener sin aditivos. Su autorización se ha ido actualizando con reglamentos recientes, el último de 2025. Las cifras exactas, categoría a categoría, están en la tabla de esta página.
| Categoría de alimento | Dosis máxima | Condiciones |
|---|---|---|
| 01.10 Bebidas a base de leche y productos similares destinados a niños de corta edad | 50 g/kg | |
| 01.3 Productos lácteos fermentados sin aromatizar tratados térmicamente tras la fermentación · como Grupo I | la del grupo | |
| 01.4 Productos lácteos fermentados aromatizados, incluso tratados térmicamente · como Grupo I | la del grupo | |
| 01.6.2 Productos lácteos sin aromatizar fermentados por la acción de organismos vivos, y sus sucedáneos, con un contenido de grasas inferior al 20 % | quantum satis | |
| 01.6.3 Otras natas · como Grupo I | la del grupo | |
| 01.7.1 Queso fresco, excepto los productos incluidos en la categoría 16 · como Grupo I | la del grupo | excepto mozzarella |
| 01.7.5 Queso fundido · como Grupo I | la del grupo | |
| 01.7.6 Productos a base de queso (excepto los incluidos en la categoría 16) · como Grupo I | la del grupo | |
| 01.8 Sucedáneos de productos lácteos, incluso blanqueadores de bebidas · como Grupo I | la del grupo | |
| 02.2.2 Otras emulsiones de grasas y aceites, incluso grasas lácteas para untar, tal como se definen en el Reglamento (CE) no 1234/2007 del Consejo, y emulsiones líquidas · como Grupo I | la del grupo | |
| 02.3 Aerosol de aceite vegetal para freír · como Grupo I | la del grupo | |
| 03 Helados · como Grupo I | la del grupo | |
| 04.2.1 Frutas y hortalizas secas · como Grupo I | la del grupo | Los aditivos E 410, E 412, E 415 y E 417 no podrán utilizarse para producir alimentos deshidratados destinados a rehidratarse en la ingestión |
| 04.2.2 Frutas y hortalizas en vinagre, aceite o salmuera · como Grupo I | la del grupo | |
| 04.2.4.1 Preparados de frutas y hortalizas, excepto compota · como Grupo I | la del grupo | |
| 04.2.5.4 Mantequilla de frutos de cáscara y frutos de cáscara para untar · como Grupo I | la del grupo | |
| 04.2.6 Productos elaborados a base de patata · como Grupo I | la del grupo | |
| 05.1 Productos de cacao y de chocolate, tal como se definen en la Directiva 2000/36/CE · como Grupo I | la del grupo | solo de valor energético reducido o sin azúcares añadidos |
| 05.2 Otros productos de confitería, incluidas las micropastillas para refrescar el aliento · como Grupo I | la del grupo | las sustancias inscritas con los números E 400-404, E 406, E 407, E 407a, E 410, E 412-415, E 417, E 418, E 425 y E 440 no podrán utilizarse en minicápsulas de gelatina definidas, a efectos del presente Reglamento, como artículos de confitería a base de gelatina de consistencia firme, contenidos en minicápsulas semirrígidas, destinadas a ser ingeridas de golpe tras haber presionado la minicápsula para proyectar el producto de confitería en la boca; los aditivos E 410, E 412, E 415 y E 417 no podrán utilizarse para producir alimentos deshidratados destinados a rehidratarse en la ingestión E 425 no podrá utilizarse artículos de confitería a base de gelatina |
| 05.3 Chicle · como Grupo I | la del grupo | |
| 05.4 Adornos, coberturas y rellenos, excepto los rellenos a base de frutas incluidos en la categoría 4.2.4 · como Grupo I | la del grupo | |
| 06.2.2 Almidones y féculas · como Grupo I | la del grupo | |
| 06.3 Cereales de desayuno · como Grupo I | la del grupo | |
| 06.4.2 Pastas alimenticias secas · como Grupo I | la del grupo | Solo pasta sin gluten (como alimentos producidos especialmente para reducir el contenido de gluten de los ingredientes que contienen gluten o sustituir los ingredientes que contienen gluten) o la destinada a dietas hipoproteicas |
| 06.4.4 Ñoquis de patata · como Grupo I | la del grupo | excepto ñoquis de patata frescos refrigerados |
| 06.4.5 Rellenos para pastas (raviolis y similares) · como Grupo I | la del grupo | |
| 06.5 Noodles (fideos orientales) · como Grupo I | la del grupo | |
| 06.6 Masa para rebozar · como Grupo I | la del grupo | |
| 06.7 Cereales precocinados o elaborados · como Grupo I | la del grupo | |
| 07.1 Pan y panes especiales · como Grupo I | la del grupo | excepto los productos que figuran en 7.1.1 y 7.1.2 |
| 07.2 Productos de bollería, pastelería, repostería y galletería · como Grupo I | la del grupo | |
| 08.3.1 Productos cárnicos no sometidos a tratamiento térmico · como Grupo I | la del grupo | |
| 08.3.2 Productos cárnicos sometidos a tratamiento térmico · como Grupo I | la del grupo | excepto foie gras, foie gras entier, blocs de foie gras, libamáj, libamáj egészben y libamáj tömbben |
| 08.3.3 Tripas, recubrimientos y decoraciones para carne · como Grupo I | la del grupo | |
| 09.2 Pescado y productos de la pesca elaborados, incluso moluscos y crustáceos · como Grupo I | la del grupo | |
| 09.3 Huevas · como Grupo I | la del grupo | solo huevas elaboradas |
| 10.2 Huevos y ovoproductos elaborados · como Grupo I | la del grupo | |
| 11.2 Otros azúcares y jarabes · como Grupo I | la del grupo | |
| 12.1.2 Sustitutos de la sal · como Grupo I | la del grupo | |
| 12.2.2 Condimentos y aderezos · como Grupo I | la del grupo | |
| 12.3 Vinagres y ácido acético diluido (en agua, del 4 al 30 % en volumen) · como Grupo I | la del grupo | |
| 12.4 Mostaza · como Grupo I | la del grupo | |
| 12.5 Caldos y sopas · como Grupo I | la del grupo | |
| 12.6 Salsas · como Grupo I | la del grupo | |
| 12.7 Ensaladas preparadas y productos aromatizados para untar bocadillos · como Grupo I | la del grupo | |
| 12.8 Levadura y productos de levadura · como Grupo I | la del grupo | |
| 12.9 Productos proteínicos, excepto los incluidos en la categoría 1.8 · como Grupo I | la del grupo | |
| 13.1.3 Alimentos elaborados a base de cereales y alimentos infantiles, tal como se definen en el Reglamento (UE) n.o 609/2013 | 50 g/kg | solo alimentos y alimentos infantiles a base de cereales |
| 13.2 Alimentos para usos médicos especiales, tal como se definen en el Reglamento (UE) n.o 609/2013 (excepto los incluidos en la categoría 13.1.5) · como Grupo I | la del grupo | |
| 13.3 Sustitutivos de la dieta completa para el control de peso, tal como se definen en el Reglamento (UE) n.o 609/2013 · como Grupo I | la del grupo | |
| 14.1.2 Zumos de fruta, tal como se definen en la Directiva 2001/112/CE, y jugos de legumbres u hortalizas · como Grupo I | la del grupo | solo jugos de legumbres u hortalizas |
| 14.1.3 Néctares de fruta, tal como se definen en la Directiva 2001/112/CE, y néctares de productos similares · como Grupo I | la del grupo | solo néctares de frutas y hortalizas; no podrán utilizarse, E 420, E 421, E 953, E 965, E 966, E 967 ni E 968 |
| 14.1.4 Bebidas aromatizadas · como Grupo I | la del grupo | no podrán utilizarse E 420, E 421, E 953, E 965, E 966 ni E 967 E 968 no podrá utilizarse, salvo cuando se indique expresamente en esta categoría de alimentos |
| 14.1.5.2 Otros · como Grupo I | la del grupo | excepto té en hojas sin aromatizantes, incluido el café instantáneo aromatizado; no deben utilizarse en bebidas E 420, E 421, E 953, E 965, E 966, E 967 ni E 968 |
| 14.2.3 Sidra y perada · como Grupo I | la del grupo | no deben utilizarse E 420, E 421, E 953, E 965, E 966, E 967 ni E 968 |
| 14.2.4 Vino de fruta y vino elaborado · como Grupo I | la del grupo | no deben utilizarse E 420, E 421, E 953, E 965, E 966, E 967 ni E 968 |
| 14.2.5 Hidromiel · como Grupo I | la del grupo | no deben utilizarse E 420, E 421, E 953, E 965, E 966, E 967 ni E 968 |
| 14.2.6 Bebidas espirituosas, tal como se definen en el Reglamento (UE) 2019/787 · como Grupo I | la del grupo | excepto whisky o whiskey; no deben utilizarse E 420, E 421, E 953, E 965, E 966, E 967 ni E 968, excepto en licores |
| 14.2.7.1 Vinos aromatizados · como Grupo I | la del grupo | no deben utilizarse E 420, E 421, E 953, E 965, E 966, E 967 ni E 968 |
| 14.2.7.2 Bebidas a base de vino aromatizado · como Grupo I | la del grupo | no deben utilizarse E 420, E 421, E 953, E 965, E 966, E 967 ni E 968 |
| 14.2.7.3 Cócteles aromatizados de productos vitivinícolas · como Grupo I | la del grupo | no deben utilizarse E 420, E 421, E 953, E 965, E 966, E 967 ni E 968 |
| 14.2.8 Otras bebidas alcohólicas, incluidas las mezclas de bebidas alcohólicas y no alcohólicas, y otras bebidas alcohólicas a base de alcohol destilado con un grado alcohólico volumétrico inferior al 15 % · como Grupo I | la del grupo | no deben utilizarse E 420, E 421, E 953, E 965, E 966, E 967 ni E 968 |
| 15.1 Productos de aperitivo a base de patatas, cereales, harinas o almidones · como Grupo I | la del grupo | |
| 15.2 Frutos de cáscara elaborados · como Grupo I | la del grupo | |
| 16 Postres, excepto los productos incluidos en las categorías 1, 3 y 4 · como Grupo I | la del grupo | |
| 17.1 Complementos alimenticios sólidos, excepto los destinados a lactantes y niños de corta edad · como Grupo I | la del grupo | E 410, E 412, E 415, E 417 y E 425 no podrán utilizarse para producir complementos alimenticios deshidratados destinados a rehidratarse en la ingestión |
| 17.2 Complementos alimenticios líquidos, excepto los destinados a lactantes y niños de corta edad · como Grupo I | la del grupo | |
| 18.1 Alimentos elaborados no incluidos en las categorías 18.2 y 18.3, excepto alimentos para lactantes y niños de corta edad · como Grupo I | la del grupo | |
| 18.2 Sustitutivos de comidas para el control del peso según lo dispuesto en el Reglamento (UE) n.o 432/2012 de la Comisión · como Grupo I | la del grupo | |
| 18.3 Alimentos producidos especialmente para reducir el contenido de gluten de los ingredientes que contienen gluten o para sustituir los ingredientes que contienen gluten · como Grupo I | la del grupo | Incluida la pasta seca |
Cifras en mg/kg (o mg/l según el alimento) tomadas del texto consolidado del Reglamento (CE) n.º 1333/2008. Quantum satis significa que la norma no fija un límite numérico: se usa la cantidad necesaria y no más.
OH MY DEAL! Flauta pulled pork bbq al estilo americano 240 g.
26 aditivos
OH MY DEAL! Flauta fajita al estilo mexicano 240 g.
25 aditivos
LA BROCHE Flautas rellenas de pollo y 2 quesos, sin aceite de palma LA BROCHE Fun roll 275 g.
24 aditivos
LA BROCHE Flautas rellenas de carne a la barbacoa con bacon LA BROCHE Funroll 2 x 130 g.
23 aditivos
LA BROCHE Flautas rellenas de bacon y 2 quesos (Edam y Cheddar) LA BROCHE 275 g
22 aditivos
LA BROCHE Flautas rellenas con extra de pollo, mezcla de pimientos, queso y salsa Tex-mex LA BROCHE Fun roll 2 x 125 g.
22 aditivos
OH MY DEAL! Flauta burrito al estilo mexicano 240 g.
20 aditivos
San Jacobo empanado El Mercado sin gluten 340 g
16 aditivos
LA BROCHE Flautas vegetales de Quinoa y Chia rellenas de pimientos, zanahoria, calabacín y remolacha LA BROCHE Fun veggie 2 x 125 g.
14 aditivos
Solomillo al Pedro Ximénez 1 kg aprox
8 aditivos
8
Alcampo · 80 %
2
Carrefour · 20 %
Entrecot de Vaca Madurada 100% Extremadura Carrefour El Mercado 600 g aprox
sin aditivos
Mini sandwich Duo Avellana Carrefour Sensation 6 uds.
sin aditivos
Bandeja de preparado de carne picada mixta (vacuno-cerdo), elaborada sin gluten ROLER 800 g.
sin aditivos
Bandeja de preparado de carne picada de vacuno, elaborada sin gluten ROLER 800 g.
sin aditivos
Chorizo asturiano de calidad extra y ahudado natural EL CUCO 300 g.
sin aditivos
Bandeja de preparado de carne picada mixta (vacuno-cerdo) ROLER 500 g.
sin aditivos
| Denominación oficial en la UE | Almidón oxidado |
| También conocido como | Oxidised starch |
| Número E | E 1404 |
| Wikidata | Q18967259 |
El E-1404 es almidón oxidado: almidón de toda la vida, de maíz o de patata, retocado para que espese mejor y aguante el procesado industrial. Es el primero de la familia de los almidones modificados y aparece en salsas, rebozados, fiambres y platos preparados. Uno de los aditivos más discretos de la etiqueta.
Lo de oxidado suena a estropeado, pero es justo lo contrario: es una modificación mínima y controlada que el cuerpo maneja sin problema, porque lo digiere básicamente como cualquier otro almidón y acaba convertido en glucosa, igual que el pan o el arroz. La EFSA ha revisado los almidones modificados como grupo y están entre los aditivos con menos historia detrás: sin advertencias, sin polémicas serias, sin restricciones llamativas. La propia norma lo dice a su manera al meterlo en el Grupo I y admitirlo incluso en algunas categorías para niños de corta edad, un privilegio reservado a muy pocos. Si algo se le puede reprochar no es de seguridad sino de contexto: suele aparecer en productos muy procesados, donde el almidón modificado es lo de menos.
La norma europea lo autoriza en 70 categorías de alimentos, entre ellas bebidas a base de leche y productos similares destinados a niños de corta edad, productos lácteos fermentados sin aromatizar tratados térmicamente tras la fermentación, productos lácteos fermentados aromatizados, incluso tratados térmicamente. El listado completo con la dosis máxima de cada una está en esta página.
Depende del alimento: la norma fija un máximo distinto en cada categoría. El valor más alto que recoge el Anexo II del Reglamento (CE) 1333/2008 es de 50 g/kg en la categoría Bebidas a base de leche y productos similares destinados a niños de corta edad. En algunos alimentos se autoriza quantum satis, es decir, sin límite numérico, usando solo la cantidad necesaria.
Lo hemos encontrado en 10 productos activos de nuestro catálogo de Alcampo, Carrefour, Dia y Mercadona, y donde más aparece es en Alcampo (8 productos).
Sí. Según los datos de origen de Open Food Facts, el E-1404 no procede de animales, así que es apto para dietas veganas y vegetarianas.
No, y es el malentendido más común con toda esta familia. Lo que se modifica es la molécula de almidón, con un tratamiento físico o químico que cambia cómo espesa, no los genes de la planta. El maíz o la patata de origen pueden ser perfectamente convencionales. Si un producto llevara ingredientes transgénicos, tendría que declararlo por otra vía, no bajo el paraguas del almidón modificado.
Cada retoque da una habilidad distinta. La oxidación del E-1404 produce un almidón que espesa suave, da geles claros y forma películas finas, ideal para rebozados y coberturas. Los almidones reticulados, como el E-1412 o el E-1442, van por otro camino: aguantan mejor el calor, el ácido y el batido intenso, por eso mandan en salsas de tomate, platos para microondas y congelados. La industria elige según el castigo que vaya a recibir el producto.
Busca almidón modificado en la lista de ingredientes: la norma permite declararlo así, sin número, y es lo que hacen casi todos los fabricantes. Eso sí, si procede de trigo tiene que decirlo por la normativa de alérgenos, así que un almidón modificado sin mención al trigo no aporta gluten. Es de los pocos aditivos que puedes llevar comiendo años sin haber visto nunca su código.