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alimentos y aditivos

E-474 — Sucroglicéridos · Emulgente

El E-474 son sucroglicéridos: un emulgente que nace de juntar azúcar y grasa para que hagan de puente entre el agua y el aceite. Es de la misma familia que el E-473 y su hábitat favorito es el pan de molde y la bollería, donde ayuda a que la miga salga tierna y uniforme.

Autorizado en la UE Vegano: depende del origen Emulgente 2 productos reales

Qué es

Es lo que sale de hacer reaccionar sacarosa con una grasa comestible: una mezcla de ésteres de sacarosa con mono y diglicéridos, todo junto y sin separar. Ahí está la clave de su nombre y de su parentesco con el E-473, que son los mismos ésteres pero purificados; el E-474 es la versión sin refinar, más barata de producir y con un comportamiento parecido. En la etiqueta lo verás como sucroglicéridos o E474, normalmente precedido de la palabra emulgente. Es un aditivo discreto: no da color ni sabor, y su papel es puramente de fontanería interna del alimento.

Para qué sirve

Para lo que sirven todos los emulgentes: conseguir que agua y grasa convivan sin separarse. En la práctica, donde más lo vas a encontrar es en el pan de molde y los panes especiales, porque acondiciona la masa, ayuda a que la miga quede fina y regular y retrasa que el pan se ponga duro. La norma también lo admite en helados, natas, bollería, salsas, sopas, postres y una colección sorprendentemente larga de bebidas, de la sidra a los cócteles aromatizados, donde estabiliza mezclas que de otro modo se cortarían. Suele trabajar en equipo con otros emulgentes de panadería, como el E-472e o el E-481.

De dónde se obtiene

Es de síntesis, pero sus dos ingredientes de partida son de lo más corriente: sacarosa, el azúcar de remolacha o caña de toda la vida, y triglicéridos comestibles, es decir, una grasa o un aceite. Y ahí está la letra pequeña: esa grasa puede ser vegetal o animal, y la etiqueta no está obligada a decir cuál es. Por eso el E-474 queda en el terreno del quizá para veganos y vegetarianos: en la industria europea lo habitual es que sea vegetal, pero la única forma de estar seguro es preguntar al fabricante. Si sigues una dieta estricta, es de esos números E que conviene verificar.

Qué dice la normativa

Tiene grupo propio en la Parte C de la norma, compartido con el E-473: casi siempre se autorizan juntos, como E 473-474, con un tope que vale para la suma de los dos. La lista de alimentos donde se permite es larga, desde lácteos fermentados aromatizados y helados hasta bollería, productos cárnicos tratados por calor, salsas y muchas bebidas, alcohólicas incluidas. Lo llamativo es que casi todas sus autorizaciones llevan cifra máxima y solo unas pocas van a la cantidad necesaria, señal de que la norma prefiere tenerlo medido. Su ficha se ha retocado varias veces, la última con el Reglamento (UE) 2025/2058. Las cifras exactas, categoría a categoría, están en la tabla de esta página.

Dónde está autorizado y en qué cantidad 32 autorizaciones vigentes

Categoría de alimento Dosis máxima Condiciones
01.4 Productos lácteos fermentados aromatizados, incluso tratados térmicamente · como E 473-474 5 g/kg
01.6.3 Otras natas · como E 473-474 5 g/kg solo nata esterilizada y nata esterilizada con bajo contenido en grasa (1)
01.8 Sucedáneos de productos lácteos, incluso blanqueadores de bebidas · como E 473-474 5 g/kg solo sucedáneos de nata (1)
01.8 Sucedáneos de productos lácteos, incluso blanqueadores de bebidas · como E 473-474 20 g/kg solo blanqueadores de bebidas (1)
02.2.2 Otras emulsiones de grasas y aceites, incluso grasas lácteas para untar, tal como se definen en el Reglamento (CE) no 1234/2007 del Consejo, y emulsiones líquidas · como E 473-474 10 g/kg solo emulsiones de grasas para bollería (1)
03 Helados · como E 473-474 5 g/kg (1)
04.1.1 Frutas y hortalizas enteras frescas · como E 473-474 quantum satis solo tratamiento de superficie de frutas frescas (1)
05.2 Otros productos de confitería, incluidas las micropastillas para refrescar el aliento · como E 473-474 5 g/kg solo confitería a base de azúcar
05.3 Chicle · como E 473-474 10 g/kg (1)
05.4 Adornos, coberturas y rellenos, excepto los rellenos a base de frutas incluidos en la categoría 4.2.4 · como E 473-474 5 g/kg
07.2 Productos de bollería, pastelería, repostería y galletería · como E 473-474 10 g/kg (1)
08.3.2 Productos cárnicos sometidos a tratamiento térmico · como E 473-474 5 g/kg excepto foie gras, foie gras entier, blocs de foie gras, libamáj, libamáj egészben y libamáj tömbben (1), (41)
12.5 Caldos y sopas · como E 473-474 2 g/kg (1)
12.6 Salsas · como E 473-474 10 g/kg (1)
13.2 Alimentos para usos médicos especiales, tal como se definen en el Reglamento (UE) n.o 609/2013 (excepto los incluidos en la categoría 13.1.5) · como E 473-474 5 g/kg (1)
13.3 Sustitutivos de la dieta completa para el control de peso, tal como se definen en el Reglamento (UE) n.o 609/2013 · como E 473-474 5 g/kg (1)
14.1.4 Bebidas aromatizadas · como E 473-474 5 g/kg solo bebidas a base de anís, leche, coco y almendra (1)
14.1.4 Bebidas aromatizadas · como E 473-474 10 g/kg solo polvos para la preparación de bebidas calientes (1)
14.1.5.2 Otros · como E 473-474 1 g/kg solo café líquido en lata (1)
14.1.5.2 Otros · como E 473-474 10 g/kg solo polvos para la preparación de bebidas calientes (1)
14.2.3 Sidra y perada · como E 473-474 5 g/kg (1)
14.2.4 Vino de fruta y vino elaborado · como E 473-474 5 g/kg
14.2.5 Hidromiel · como E 473-474 5 g/kg (24)
14.2.6 Bebidas espirituosas, tal como se definen en el Reglamento (UE) 2019/787 · como E 473-474 5 g/kg excepto: la categoría 2 del anexo I del Reglamento (UE) 2019/787 (1)
14.2.7.1 Vinos aromatizados · como E 473-474 5 g/kg (1)
14.2.7.2 Bebidas a base de vino aromatizado · como E 473-474 5 g/kg (1)
14.2.7.3 Cócteles aromatizados de productos vitivinícolas · como E 473-474 5 g/kg (1)
14.2.8 Otras bebidas alcohólicas, incluidas las mezclas de bebidas alcohólicas y no alcohólicas, y otras bebidas alcohólicas a base de alcohol destilado con un grado alcohólico volumétrico inferior al 15 % · como E 473-474 5 g/kg (1)
16 Postres, excepto los productos incluidos en las categorías 1, 3 y 4 · como E 473-474 5 g/kg (1)
17.1 Complementos alimenticios sólidos, excepto los destinados a lactantes y niños de corta edad · como E 473-474 quantum satis (1)
17.2 Complementos alimenticios líquidos, excepto los destinados a lactantes y niños de corta edad · como E 473-474 quantum satis (1)
18.2 Sustitutivos de comidas para el control del peso según lo dispuesto en el Reglamento (UE) n.o 432/2012 de la Comisión · como E 473-474 5 g/kg (1)

Cifras en mg/kg (o mg/l según el alimento) tomadas del texto consolidado del Reglamento (CE) n.º 1333/2008. Quantum satis significa que la norma no fija un límite numérico: se usa la cantidad necesaria y no más.

Notas al pie de la norma (26)
  • 01.6.3 (1) Los aditivos podrán añadirse solos o combinados.
  • 01.8 (1) Los aditivos podrán añadirse solos o combinados.
  • 02.2.2 (1) Los aditivos podrán añadirse solos o combinados.
  • 03 (1) Los aditivos podrán añadirse solos o combinados.
  • 04.1.1 (1) Los aditivos podrán añadirse solos o combinados.
  • 05.3 (1) Los aditivos podrán añadirse solos o combinados.
  • 07.2 (1) Los aditivos podrán añadirse solos o combinados.
  • 08.3.2 (1) Los aditivos podrán añadirse solos o combinados.
  • 08.3.2 (41) Expresado en una base de grasas.
  • 12.5 (1) Los aditivos podrán añadirse solos o combinados.
  • 12.6 (1) Los aditivos podrán añadirse solos o combinados.
  • 13.2 (1) Los aditivos podrán añadirse solos o combinados.
  • 13.3 (1) Los aditivos podrán añadirse solos o combinados.
  • 14.1.4 (1) Los aditivos podrán añadirse solos o combinados.
  • 14.1.5.2 (1) Los aditivos podrán añadirse solos o combinados.
  • 14.2.3 (1) Los aditivos podrán añadirse solos o combinados.
  • 14.2.6 (1) Los aditivos podrán añadirse solos o combinados.
  • 14.2.7.1 (1) Los aditivos podrán añadirse solos o combinados.
  • 14.2.7.2 (1) Los aditivos podrán añadirse solos o combinados.
  • 14.2.7.3 (1) Los aditivos podrán añadirse solos o combinados.
  • 14.2.8 (1) Los aditivos podrán añadirse solos o combinados.
  • 14.2.5 (24) Cantidad añadida, residuos no detectables.
  • 16 (1) Los aditivos podrán añadirse solos o combinados.
  • 17.1 (1) Los aditivos podrán añadirse solos o combinados.
  • 17.2 (1) Los aditivos podrán añadirse solos o combinados.
  • 18.2 (1) Los aditivos podrán añadirse solos o combinados.

En qué alimentos está de verdad sobre 2 productos del catálogo

Pan y panes especiales
1

Productos que lo llevan 2 en el catálogo

Pan de molde integral Warburtons 800 g.

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WARBURTONS · Carrefour

3 aditivos

CARMENCITA Perlas plateadas CARMENCITA 80 g.

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CARMENCITA · Alcampo

2 aditivos

Reparto por supermercado

1

Alcampo · 50 %

1

Carrefour · 50 %

Alternativas sin ningún aditivo mismos tipos de alimento, etiqueta sin ningún número E

Pan de molde con corteza + Proteína Bimbo 475 g.

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BIMBO · Carrefour

sin aditivos

Pan de molde integral sin azúcar añadido Carrefour 460 g.

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CARREFOUR · Carrefour

sin aditivos

Pan de molde integral sin corteza Carrefour 450 g.

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CARREFOUR · Carrefour

sin aditivos

BIMBO Pan de molde proteína 475 g.

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BIMBO · Alcampo

sin aditivos

Pan de molde alto en proteínas El molino de Dia 400 g

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el molino de dia · Dia

sin aditivos

Pan de molde con cereales y semillas Carrefour Classic sin gluten 350 g.

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CARREFOUR · Carrefour

sin aditivos

Otros nombres

Denominación oficial en la UESucroglicéridos
También conocido comoSucroglycerides
Número EE 474
WikidataQ18608931

Preguntas frecuentes

¿Qué es el E-474 y para qué se usa?

El E-474 son sucroglicéridos: un emulgente que nace de juntar azúcar y grasa para que hagan de puente entre el agua y el aceite. Es de la misma familia que el E-473 y su hábitat favorito es el pan de molde y la bollería, donde ayuda a que la miga salga tierna y uniforme.

¿Es malo el E-474?

No hay ninguna alarma detrás de este número. La EFSA emitió en 2004 un dictamen conjunto sobre los ésteres de sacarosa (E-473) y los sucroglicéridos, y fijó una ingesta diaria admisible compartida para los dos, porque en el cuerpo se comportan igual: el intestino los rompe en azúcar, glicerol y ácidos grasos, exactamente los mismos componentes que llegan con cualquier comida. No se acumulan ni generan nada extraño por el camino. La norma, aun así, les pone tope en casi todas las categorías, más por controlar la exposición total de la familia que por un riesgo concreto. Lo único que puede importarte de verdad está en el origen: si evitas ingredientes de procedencia animal, este es de los que hay que comprobar, porque la grasa de partida no siempre es vegetal.

¿En qué alimentos se puede usar el E-474?

La norma europea lo autoriza en 29 categorías de alimentos, entre ellas productos lácteos fermentados aromatizados, incluso tratados térmicamente, otras natas, sucedáneos de productos lácteos, incluso blanqueadores de bebidas. El listado completo con la dosis máxima de cada una está en esta página.

¿Cuál es la dosis máxima permitida de E-474?

Depende del alimento: la norma fija un máximo distinto en cada categoría. El valor más alto que recoge el Anexo II del Reglamento (CE) 1333/2008 es de 20 g/kg en la categoría Sucedáneos de productos lácteos, incluso blanqueadores de bebidas. En algunos alimentos se autoriza quantum satis, es decir, sin límite numérico, usando solo la cantidad necesaria.

¿En cuántos productos de supermercado está el E-474?

Lo hemos encontrado en 2 productos activos de nuestro catálogo de Alcampo, Carrefour, Dia y Mercadona, y donde más aparece es en Alcampo (1 productos).

¿El E-474 es apto para veganos?

Depende del fabricante: el E-474 puede obtenerse tanto de origen vegetal como animal, y la etiqueta no suele precisarlo.

¿En qué se diferencia el E-474 del E-473?

Son casi la misma cosa en dos grados de refinado. El E-473 son los ésteres de sacarosa purificados; el E-474 es la mezcla completa que sale de la reacción, con esos mismos ésteres más mono y diglicéridos. Funcionan tan parecido que la norma los trata como pareja: los autoriza juntos, como E 473-474, y el tope se aplica a la suma de ambos. En una etiqueta rara vez verás los dos a la vez.

¿Por qué aparece tanto en el pan de molde?

Porque es un acondicionador de masa muy eficaz: ayuda a que la masa retenga gas, la miga salga fina y esponjosa y el pan tarde más en endurecerse. En panadería industrial suele ir en cuadrilla con otros emulgentes como el E-472e o el E-481, cada uno rematando una parte del trabajo. Si miras la etiqueta de un pan de molde, es fácil que encuentres a dos o tres de la familia juntos.

Si lleva azúcar, ¿endulza o cuenta como azúcar añadido?

No. La sacarosa del E-474 está unida químicamente a la grasa, así que no sabe dulce ni funciona como azúcar en el producto. Además se usa en cantidades tan pequeñas que su aporte es irrelevante: en la información nutricional no vas a notar su rastro. Es azúcar de partida, no azúcar en el sentido que te preocupa cuando lees una etiqueta.

Aparece junto a estos aditivos en la misma etiqueta, según el catálogo

Fuentes

  • Reglamento (CE) n.º 1333/2008, Anexo II (lista de la Unión y condiciones de uso), texto consolidado. Ver en EUR-Lex
  • REGLAMENTO (UE) N o 1129/2011 DE LA COMISIÓN de 11 de noviembre de 2011. EUR-Lex
  • REGLAMENTO (UE) 2024/374 DE LA COMISIÓN de 24 de enero de 2024. EUR-Lex
  • REGLAMENTO (UE) 2018/1497 DE LA COMISIÓN de 8 de octubre de 2018. EUR-Lex
  • REGLAMENTO (UE) 2025/2058 DE LA COMISIÓN de 14 de octubre de 2025. EUR-Lex
  • EFSA: Opinion of the Scientific Panel on Food Additives, Flavourings, Processing Aids and Materials in Contact with Food on Sucrose esters of fatty acids, E 473 and sucroglycerides, E 474 based on a request from the Commission related to Sucrose Esters of (2004). Ver dictamen
  • Base de datos de aditivos alimentarios de la Comisión Europea (verificación del estatus de autorización).
  • Datos de productos: catálogo propio de Alcampo, Carrefour, Dia y Mercadona. Cómo se recogen.