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alimentos y aditivos

E-309 — Delta-tocoferol

El E-309 es delta-tocoferol, una de las formas de la vitamina E usada como antioxidante: evita que las grasas se pongan rancias. Es el hermano menos conocido de la familia de los tocoferoles, pero curiosamente uno de los que mejor protege el aceite. Apto para veganos y con siglos de presencia natural en nuestra dieta.

Autorizado en la UE Apto para veganos 3 productos reales

Qué es

Una de las cuatro moléculas que forman la familia de la vitamina E, junto a la alfa (E-307), la gamma (E-308) y el extracto que las mezcla todas (E-306). Cada una tiene una letra griega según pequeños cambios en su estructura, y la delta es la que menos actividad vitamínica tiene pero más poder antioxidante despliega dentro del alimento. En la etiqueta lo verás como delta-tocoferol o antioxidante E309, casi siempre en la lista corta de ingredientes de un aceite o una conserva. Está presente de forma natural en los aceites vegetales, sobre todo en el de soja, así que no es ningún desconocido para tu cuerpo.

Para qué sirve

Para frenar el enranciamiento. Cuando una grasa entra en contacto con el oxígeno se oxida, y eso da ese olor y sabor a rancio que arruina un aceite, una mantequilla de frutos secos o una conserva de pescado. El delta-tocoferol se sacrifica primero: se oxida él antes que la grasa y alarga la vida del producto sin cambiar su sabor. Lo encontrarás sobre todo en aceites y grasas, en pescado elaborado, en snacks de patata, en cereales de desayuno o en productos de bollería. Es el mismo trabajo que hace el E-306, pero con la molécula aislada en vez del extracto completo.

De dónde se obtiene

Se obtiene de aceites vegetales, principalmente de los destilados que quedan al refinar aceite de soja, donde el delta-tocoferol abunda de forma natural. También puede producirse por síntesis, pero la vía vegetal es la habitual cuando se quiere esta forma concreta. En cualquier caso, no hay nada de origen animal, así que vale para veganos y vegetarianos sin letra pequeña. Es de esos aditivos que difuminan la frontera entre ingrediente y nutriente: la misma sustancia que protege el aceite dentro de la botella forma parte de la vitamina E que tomas al comer frutos secos o semillas.

Qué dice la normativa

Pertenece al Grupo I, el club de los aditivos considerados de bajo riesgo que pueden usarse en una lista larga de alimentos: lácteos aromatizados, grasas y aceites, panes, productos cárnicos, pescado elaborado, confitería y muchas más. En la mayoría de esas categorías entra con una dosis conjunta para todo el grupo, en unas pocas tiene tope propio y en alguna va a la cantidad necesaria. Como el resto del Grupo I, queda fuera de los alimentos que la norma protege de aditivos, como la leche fresca o la miel. Varios reglamentos recientes han ido retocando sus usos, el último de 2025. Las cifras exactas, categoría a categoría, están en la tabla de esta página.

Dónde está autorizado y en qué cantidad 72 autorizaciones vigentes

Categoría de alimento Dosis máxima Condiciones
01.10 Bebidas a base de leche y productos similares destinados a niños de corta edad 100 mg/kg (19)
01.3 Productos lácteos fermentados sin aromatizar tratados térmicamente tras la fermentación · como Grupo I la del grupo
01.4 Productos lácteos fermentados aromatizados, incluso tratados térmicamente · como Grupo I la del grupo
01.6.3 Otras natas · como Grupo I la del grupo
01.7.1 Queso fresco, excepto los productos incluidos en la categoría 16 · como Grupo I la del grupo excepto mozzarella
01.7.5 Queso fundido · como Grupo I la del grupo
01.7.6 Productos a base de queso (excepto los incluidos en la categoría 16) · como Grupo I la del grupo
01.8 Sucedáneos de productos lácteos, incluso blanqueadores de bebidas · como Grupo I la del grupo
02.1 Grasas y aceites sin agua (excepto la grasa láctea anhidra) quantum satis excepto aceites vírgenes y aceites de oliva
02.2.2 Otras emulsiones de grasas y aceites, incluso grasas lácteas para untar, tal como se definen en el Reglamento (CE) no 1234/2007 del Consejo, y emulsiones líquidas · como Grupo I la del grupo
02.3 Aerosol de aceite vegetal para freír · como Grupo I la del grupo
03 Helados · como Grupo I la del grupo
04.2.1 Frutas y hortalizas secas · como Grupo I la del grupo Los aditivos E 410, E 412, E 415 y E 417 no podrán utilizarse para producir alimentos deshidratados destinados a rehidratarse en la ingestión
04.2.2 Frutas y hortalizas en vinagre, aceite o salmuera · como Grupo I la del grupo
04.2.4.1 Preparados de frutas y hortalizas, excepto compota · como Grupo I la del grupo
04.2.5.4 Mantequilla de frutos de cáscara y frutos de cáscara para untar · como Grupo I la del grupo
04.2.6 Productos elaborados a base de patata · como Grupo I la del grupo
05.1 Productos de cacao y de chocolate, tal como se definen en la Directiva 2000/36/CE · como Grupo I la del grupo solo de valor energético reducido o sin azúcares añadidos
05.2 Otros productos de confitería, incluidas las micropastillas para refrescar el aliento · como Grupo I la del grupo las sustancias inscritas con los números E 400-404, E 406, E 407, E 407a, E 410, E 412-415, E 417, E 418, E 425 y E 440 no podrán utilizarse en minicápsulas de gelatina definidas, a efectos del presente Reglamento, como artículos de confitería a base de gelatina de consistencia firme, contenidos en minicápsulas semirrígidas, destinadas a ser ingeridas de golpe tras haber presionado la minicápsula para proyectar el producto de confitería en la boca; los aditivos E 410, E 412, E 415 y E 417 no podrán utilizarse para producir alimentos deshidratados destinados a rehidratarse en la ingestión E 425 no podrá utilizarse artículos de confitería a base de gelatina
05.3 Chicle · como Grupo I la del grupo
05.4 Adornos, coberturas y rellenos, excepto los rellenos a base de frutas incluidos en la categoría 4.2.4 · como Grupo I la del grupo
06.2.2 Almidones y féculas · como Grupo I la del grupo
06.3 Cereales de desayuno · como Grupo I la del grupo
06.4.2 Pastas alimenticias secas · como Grupo I la del grupo Solo pasta sin gluten (como alimentos producidos especialmente para reducir el contenido de gluten de los ingredientes que contienen gluten o sustituir los ingredientes que contienen gluten) o la destinada a dietas hipoproteicas
06.4.4 Ñoquis de patata · como Grupo I la del grupo excepto ñoquis de patata frescos refrigerados
06.4.5 Rellenos para pastas (raviolis y similares) · como Grupo I la del grupo
06.5 Noodles (fideos orientales) · como Grupo I la del grupo
06.6 Masa para rebozar · como Grupo I la del grupo
06.7 Cereales precocinados o elaborados · como Grupo I la del grupo
07.1 Pan y panes especiales · como Grupo I la del grupo excepto los productos que figuran en 7.1.1 y 7.1.2
07.2 Productos de bollería, pastelería, repostería y galletería · como Grupo I la del grupo
08.3.1 Productos cárnicos no sometidos a tratamiento térmico · como Grupo I la del grupo
08.3.2 Productos cárnicos sometidos a tratamiento térmico · como Grupo I la del grupo excepto foie gras, foie gras entier, blocs de foie gras, libamáj, libamáj egészben y libamáj tömbben
08.3.3 Tripas, recubrimientos y decoraciones para carne · como Grupo I la del grupo
09.2 Pescado y productos de la pesca elaborados, incluso moluscos y crustáceos · como Grupo I la del grupo
09.3 Huevas · como Grupo I la del grupo solo huevas elaboradas
10.2 Huevos y ovoproductos elaborados · como Grupo I la del grupo
11.2 Otros azúcares y jarabes · como Grupo I la del grupo
12.1.2 Sustitutos de la sal · como Grupo I la del grupo
12.2.2 Condimentos y aderezos · como Grupo I la del grupo
12.3 Vinagres y ácido acético diluido (en agua, del 4 al 30 % en volumen) · como Grupo I la del grupo
12.4 Mostaza · como Grupo I la del grupo
12.5 Caldos y sopas · como Grupo I la del grupo
12.6 Salsas · como Grupo I la del grupo
12.7 Ensaladas preparadas y productos aromatizados para untar bocadillos · como Grupo I la del grupo
12.8 Levadura y productos de levadura · como Grupo I la del grupo
12.9 Productos proteínicos, excepto los incluidos en la categoría 1.8 · como Grupo I la del grupo
13.1.1 Preparados para lactantes, tal como se definen en el Reglamento (UE) n.o 609/2013 10 mg/kg (16)
13.1.2 Preparados de continuación, tal como se definen en el Reglamento (UE) n.o 609/2013 10 mg/kg (16)
13.1.3 Alimentos elaborados a base de cereales y alimentos infantiles, tal como se definen en el Reglamento (UE) n.o 609/2013 100 mg/kg solo alimentos a base de cereales que contengan grasas, incluidos galletas, bizcochos y alimentos infantiles (19)
13.2 Alimentos para usos médicos especiales, tal como se definen en el Reglamento (UE) n.o 609/2013 (excepto los incluidos en la categoría 13.1.5) · como Grupo I la del grupo
13.3 Sustitutivos de la dieta completa para el control de peso, tal como se definen en el Reglamento (UE) n.o 609/2013 · como Grupo I la del grupo
14.1.2 Zumos de fruta, tal como se definen en la Directiva 2001/112/CE, y jugos de legumbres u hortalizas · como Grupo I la del grupo solo jugos de legumbres u hortalizas
14.1.3 Néctares de fruta, tal como se definen en la Directiva 2001/112/CE, y néctares de productos similares · como Grupo I la del grupo solo néctares de frutas y hortalizas; no podrán utilizarse, E 420, E 421, E 953, E 965, E 966, E 967 ni E 968
14.1.4 Bebidas aromatizadas · como Grupo I la del grupo no podrán utilizarse E 420, E 421, E 953, E 965, E 966 ni E 967 E 968 no podrá utilizarse, salvo cuando se indique expresamente en esta categoría de alimentos
14.1.5.2 Otros · como Grupo I la del grupo excepto té en hojas sin aromatizantes, incluido el café instantáneo aromatizado; no deben utilizarse en bebidas E 420, E 421, E 953, E 965, E 966, E 967 ni E 968
14.2.3 Sidra y perada · como Grupo I la del grupo no deben utilizarse E 420, E 421, E 953, E 965, E 966, E 967 ni E 968
14.2.4 Vino de fruta y vino elaborado · como Grupo I la del grupo no deben utilizarse E 420, E 421, E 953, E 965, E 966, E 967 ni E 968
14.2.5 Hidromiel · como Grupo I la del grupo no deben utilizarse E 420, E 421, E 953, E 965, E 966, E 967 ni E 968
14.2.6 Bebidas espirituosas, tal como se definen en el Reglamento (UE) 2019/787 · como Grupo I la del grupo excepto whisky o whiskey; no deben utilizarse E 420, E 421, E 953, E 965, E 966, E 967 ni E 968, excepto en licores
14.2.7.1 Vinos aromatizados · como Grupo I la del grupo no deben utilizarse E 420, E 421, E 953, E 965, E 966, E 967 ni E 968
14.2.7.2 Bebidas a base de vino aromatizado · como Grupo I la del grupo no deben utilizarse E 420, E 421, E 953, E 965, E 966, E 967 ni E 968
14.2.7.3 Cócteles aromatizados de productos vitivinícolas · como Grupo I la del grupo no deben utilizarse E 420, E 421, E 953, E 965, E 966, E 967 ni E 968
14.2.8 Otras bebidas alcohólicas, incluidas las mezclas de bebidas alcohólicas y no alcohólicas, y otras bebidas alcohólicas a base de alcohol destilado con un grado alcohólico volumétrico inferior al 15 % · como Grupo I la del grupo no deben utilizarse E 420, E 421, E 953, E 965, E 966, E 967 ni E 968
15.1 Productos de aperitivo a base de patatas, cereales, harinas o almidones · como Grupo I la del grupo
15.2 Frutos de cáscara elaborados · como Grupo I la del grupo
16 Postres, excepto los productos incluidos en las categorías 1, 3 y 4 · como Grupo I la del grupo
17.1 Complementos alimenticios sólidos, excepto los destinados a lactantes y niños de corta edad · como Grupo I la del grupo E 410, E 412, E 415, E 417 y E 425 no podrán utilizarse para producir complementos alimenticios deshidratados destinados a rehidratarse en la ingestión
17.2 Complementos alimenticios líquidos, excepto los destinados a lactantes y niños de corta edad · como Grupo I la del grupo
18.1 Alimentos elaborados no incluidos en las categorías 18.2 y 18.3, excepto alimentos para lactantes y niños de corta edad · como Grupo I la del grupo
18.2 Sustitutivos de comidas para el control del peso según lo dispuesto en el Reglamento (UE) n.o 432/2012 de la Comisión · como Grupo I la del grupo
18.3 Alimentos producidos especialmente para reducir el contenido de gluten de los ingredientes que contienen gluten o para sustituir los ingredientes que contienen gluten · como Grupo I la del grupo Incluida la pasta seca

Cifras en mg/kg (o mg/l según el alimento) tomadas del texto consolidado del Reglamento (CE) n.º 1333/2008. Quantum satis significa que la norma no fija un límite numérico: se usa la cantidad necesaria y no más.

Notas al pie de la norma (4)
  • 01.10 (19) E 304, E 306, E 307, E 308 y E 309 se autorizan solos o combinados.
  • 13.1.1 (16) E 306, E 307, E 308 y E 309 se autorizan solos o combinados.
  • 13.1.2 (16) E 306, E 307, E 308 y E 309 se autorizan solos o combinados.
  • 13.1.3 (19) E 304, E 306, E 307, E 308 y E 309 se autorizan solos o combinados.

En qué alimentos está de verdad sobre 3 productos del catálogo

Grasas y aceites sin agua (excepto la grasa láctea anhidra)
2
Pescado y productos de la pesca elaborados, incluso moluscos y crustáceos
1

Productos que lo llevan 3 en el catálogo

AHUMADOS DOMINGUEZ Ensalada nórdica de salmón ahumado 100g

AHUMADOS DOMINGUEZ Ensalada nórdica de salmón ahumado 100g

AHUMADOS DOMINGUEZ · Alcampo

7 aditivos

Aceite en spray para freidora de aire La española 200 ml

Aceite en spray para freidora de aire La española 200 ml

la espanola · Dia

2 aditivos

Aceite de oliva de semillas en espray, especial para freidora de aire 200 ml.

Aceite de oliva de semillas en espray, especial para freidora de aire 200 ml.

LA ESPAÑOLA · Alcampo

2 aditivos

Reparto por supermercado

2

Alcampo · 67 %

1

Dia · 33 %

Alternativas sin ningún aditivo mismos tipos de alimento, etiqueta sin ningún número E

Calamar crudo troceado y limpio de la india congelado Carrefour 475 g

Calamar crudo troceado y limpio de la india congelado Carrefour 475 g

CARREFOUR · Carrefour

sin aditivos

Bogavante procedente de Pesca Sostenible crudo congelado Carrefour 400 g

Bogavante procedente de Pesca Sostenible crudo congelado Carrefour 400 g

CARREFOUR · Carrefour

sin aditivos

Pechuga de pollo al natural Solo pack de 3 latas de 96 g.

Pechuga de pollo al natural Solo pack de 3 latas de 96 g.

SOLO · Carrefour

sin aditivos

Cigala cruda congelada Carrefour Extra 800 g

Cigala cruda congelada Carrefour Extra 800 g

CARREFOUR · Carrefour

sin aditivos

Bocas de cangrejo africano crudas Carrefour Extra 500 g

Bocas de cangrejo africano crudas Carrefour Extra 500 g

CARREFOUR · Carrefour

sin aditivos

Carne de Mejillón Cocida 275 g

Carne de Mejillón Cocida 275 g

EL MERCADO · Carrefour

sin aditivos

Otros nombres

Denominación oficial en la UEDelta-tocoferol
También conocido comoDelta-tocopherol
Número EE 309
WikidataQ155751

Preguntas frecuentes

¿Qué es el E-309 y para qué se usa?

El E-309 es delta-tocoferol, una de las formas de la vitamina E usada como antioxidante: evita que las grasas se pongan rancias. Es el hermano menos conocido de la familia de los tocoferoles, pero curiosamente uno de los que mejor protege el aceite. Apto para veganos y con siglos de presencia natural en nuestra dieta.

¿Es malo el E-309?

Es difícil ponerle pegas a una forma de la vitamina E. La EFSA reevaluó en 2015 toda la familia de los tocoferoles, del E-306 al E-309, y no encontró motivos de preocupación en sus usos como aditivo: hablamos de sustancias que ya comemos a diario en aceites, frutos secos y semillas, y que el cuerpo maneja con soltura. La única matización razonable es la de siempre con las vitaminas liposolubles: en cantidades enormes, vía suplementos, la vitamina E puede dar problemas, pero las dosis que se usan como antioxidante en alimentos están a años luz de eso. De hecho, muchos productos lo llevan precisamente para sustituir antioxidantes sintéticos con peor prensa. Si buscas un aditivo del que preocuparte, este no es buen candidato.

¿En qué alimentos se puede usar el E-309?

La norma europea lo autoriza en 72 categorías de alimentos, entre ellas bebidas a base de leche y productos similares destinados a niños de corta edad, productos lácteos fermentados sin aromatizar tratados térmicamente tras la fermentación, productos lácteos fermentados aromatizados, incluso tratados térmicamente. El listado completo con la dosis máxima de cada una está en esta página.

¿Cuál es la dosis máxima permitida de E-309?

Depende del alimento: la norma fija un máximo distinto en cada categoría. El valor más alto que recoge el Anexo II del Reglamento (CE) 1333/2008 es de 100 mg/kg en la categoría Bebidas a base de leche y productos similares destinados a niños de corta edad. En algunos alimentos se autoriza quantum satis, es decir, sin límite numérico, usando solo la cantidad necesaria.

¿En cuántos productos de supermercado está el E-309?

Lo hemos encontrado en 3 productos activos de nuestro catálogo de Alcampo, Carrefour, Dia y Mercadona, y donde más aparece es en Alcampo (2 productos).

¿El E-309 es apto para veganos?

Sí. Según los datos de origen de Open Food Facts, el E-309 no procede de animales, así que es apto para dietas veganas y vegetarianas.

¿En qué se diferencia el E-309 del E-306?

El E-306 es un extracto rico en tocoferoles: la mezcla natural de las cuatro formas tal como sale del aceite vegetal, sin separar. El E-309 es solo una de ellas, la delta, aislada y purificada. En la práctica hacen el mismo trabajo antioxidante; el fabricante elige según precio, disponibilidad y qué forma protege mejor su producto concreto. No es raro verlos juntos en la misma etiqueta.

¿Por qué se usa la delta si la alfa es la vitamina E de verdad?

Porque son buenos en cosas distintas. La forma alfa (E-307) es la que mejor funciona dentro del cuerpo como vitamina, pero la delta es de las que mejor protege la grasa dentro del alimento. Como aquí el objetivo es que el aceite no se enrancie en la estantería, no que te aporte vitamina, la delta juega con ventaja.

¿Si un producto lleva E-309 me está aportando vitamina E?

Técnicamente algo aporta, pero no cuentes con ello. Las cantidades que se usan como antioxidante son pequeñas y la forma delta tiene poca actividad vitamínica comparada con la alfa. Está ahí para proteger el producto, no a ti; para la vitamina E, mejor un puñado de almendras o un buen aceite de oliva virgen.

Aparece junto a estos aditivos en la misma etiqueta, según el catálogo

Fuentes

  • Reglamento (CE) n.º 1333/2008, Anexo II (lista de la Unión y condiciones de uso), texto consolidado. Ver en EUR-Lex
  • REGLAMENTO (UE) 2025/2058 DE LA COMISIÓN de 14 de octubre de 2025. EUR-Lex
  • REGLAMENTO (UE) N o 1129/2011 DE LA COMISIÓN de 11 de noviembre de 2011. EUR-Lex
  • REGLAMENTO (UE) N o 438/2013 DE LA COMISIÓN de 13 de mayo de 2013. EUR-Lex
  • REGLAMENTO (UE) 2015/647 DE LA COMISIÓN de 24 de abril de 2015. EUR-Lex
  • EFSA: Scientific Opinion on the re-evaluation of tocopherol-rich extract -E 306-, alpha-tocopherol -E 307-, gamma-tocopherol -E 308- and delta-tocopherol -E 309- as food additives (2015). Ver dictamen
  • Base de datos de aditivos alimentarios de la Comisión Europea (verificación del estatus de autorización).
  • Datos de productos: catálogo propio de Alcampo, Carrefour, Dia y Mercadona. Cómo se recogen.