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alimentos y aditivos

E-965 — Maltitoles · Emulgente

El E-965 es el maltitol, el edulcorante estrella del chocolate sin azúcar: endulza casi tanto como el azúcar, se comporta igual que él en la fábrica y aporta menos calorías. Su pega es de sobra conocida: en cantidad tiene efecto laxante, y la etiqueta está obligada a avisarte de ello.

Autorizado en la UE Apto para veganos Emulgente Humectante Estabilizante 31 productos reales

Qué es

Un polialcohol, la misma familia que el sorbitol o el xilitol: azúcares a los que se les ha añadido hidrógeno para que el cuerpo los absorba peor y aporten menos energía. El código cubre en realidad dos formas: el maltitol en cristal y el jarabe de maltitol, más cómodo para masas y rellenos. En la etiqueta lo verás como maltitol, jarabe de maltitol o E965, casi siempre en productos que presumen de sin azúcar o sin azúcares añadidos. Es de los pocos edulcorantes que puede sustituir al azúcar peso a peso, y eso explica que la industria lo adore.

Para qué sirve

Su gracia es que no solo endulza: también ocupa sitio. Los edulcorantes intensos, como la sucralosa, dan dulzor pero no cuerpo; si quitas el azúcar de una tableta de chocolate o de una galleta, algo tiene que rellenar ese hueco, y ahí entra el maltitol. Da textura, retiene humedad, aguanta el horno y no cristaliza donde no debe. Por eso lo encontrarás en chocolate sin azúcar, chicles, caramelos, bollería, galletas, helados y cereales de desayuno. De propina, las bacterias de la boca no lo fermentan bien, así que no alimenta la caries como el azúcar. La norma le reconoce además funciones de humectante, estabilizante y espesante.

De dónde se obtiene

Sale del almidón, normalmente de maíz o de trigo. El proceso tiene dos pasos: primero el almidón se rompe en maltosa, el azúcar de malta, y después esa maltosa se hidrogena para convertirla en maltitol. Es un proceso industrial sobre una materia prima vegetal, sin nada de origen animal por el camino, así que no da ningún problema a veganos ni vegetarianos. Aunque venga del trigo, el producto final es una molécula purificada, no un derivado del cereal tal cual. El jarabe de maltitol es lo mismo con una hidrólisis menos completa: una mezcla donde el maltitol es el componente principal.

Qué dice la normativa

Está doblemente clasificado: en el Grupo I, el de los aditivos de uso general, y en el Grupo IV, el de los polialcoholes, que funcionan como familia. En la práctica eso significa que en muchos alimentos se admite a la cantidad necesaria y en otros comparte una dosis de grupo con el sorbitol, el xilitol y compañía. Lo que no verás nunca es maltitol en un refresco: los polialcoholes no están autorizados en bebidas, precisamente por su efecto laxante. Su lista de usos se ha retocado varias veces, la última con el Reglamento (UE) 2025/2058. El detalle, categoría a categoría, está en la tabla de esta página.

Dónde está autorizado y en qué cantidad 99 autorizaciones vigentes

Categoría de alimento Dosis máxima Condiciones
01.3 Productos lácteos fermentados sin aromatizar tratados térmicamente tras la fermentación · como Grupo I la del grupo
01.4 Productos lácteos fermentados aromatizados, incluso tratados térmicamente · como Grupo I la del grupo
01.4 Productos lácteos fermentados aromatizados, incluso tratados térmicamente · como Grupo IV quantum satis solo de valor energético reducido o sin azúcares añadidos
01.6.3 Otras natas · como Grupo I la del grupo
01.7.1 Queso fresco, excepto los productos incluidos en la categoría 16 · como Grupo I la del grupo excepto mozzarella
01.7.5 Queso fundido · como Grupo I la del grupo
01.7.6 Productos a base de queso (excepto los incluidos en la categoría 16) · como Grupo I la del grupo
01.8 Sucedáneos de productos lácteos, incluso blanqueadores de bebidas · como Grupo I la del grupo
02.2.2 Otras emulsiones de grasas y aceites, incluso grasas lácteas para untar, tal como se definen en el Reglamento (CE) no 1234/2007 del Consejo, y emulsiones líquidas · como Grupo I la del grupo
02.3 Aerosol de aceite vegetal para freír · como Grupo I la del grupo
03 Helados · como Grupo I la del grupo
03 Helados · como Grupo IV quantum satis solo de valor energético reducido o sin azúcares añadidos
04.2.1 Frutas y hortalizas secas · como Grupo I la del grupo Los aditivos E 410, E 412, E 415 y E 417 no podrán utilizarse para producir alimentos deshidratados destinados a rehidratarse en la ingestión
04.2.2 Frutas y hortalizas en vinagre, aceite o salmuera · como Grupo I la del grupo
04.2.4.1 Preparados de frutas y hortalizas, excepto compota · como Grupo I la del grupo
04.2.4.1 Preparados de frutas y hortalizas, excepto compota · como Grupo IV quantum satis solo de valor energético reducido o sin azúcares añadidos, excepto los destinados a la elaboración de bebidas basadas en zumos
04.2.5.1 Confitura extra y jalea extra, tal como se definen en la Directiva 2001/113/CE · como Grupo IV quantum satis solo confituras, jaleas y marmalades de valor energético reducido o sin azúcares añadidos
04.2.5.2 Confituras, jaleas, marmalades y crema de castañas, tal como se definen en la Directiva 2001/113/CE · como Grupo IV quantum satis solo de valor energético reducido o sin azúcares añadidos
04.2.5.3 Otras frutas u hortalizas similares para untar · como Grupo IV quantum satis solo de valor energético reducido o sin azúcares añadidos
04.2.5.4 Mantequilla de frutos de cáscara y frutos de cáscara para untar · como Grupo I la del grupo
04.2.6 Productos elaborados a base de patata · como Grupo I la del grupo
05.1 Productos de cacao y de chocolate, tal como se definen en la Directiva 2000/36/CE · como Grupo I la del grupo solo de valor energético reducido o sin azúcares añadidos
05.1 Productos de cacao y de chocolate, tal como se definen en la Directiva 2000/36/CE · como Grupo IV quantum satis solo de valor energético reducido o sin azúcares añadidos
05.2 Otros productos de confitería, incluidas las micropastillas para refrescar el aliento · como Grupo I la del grupo las sustancias inscritas con los números E 400-404, E 406, E 407, E 407a, E 410, E 412-415, E 417, E 418, E 425 y E 440 no podrán utilizarse en minicápsulas de gelatina definidas, a efectos del presente Reglamento, como artículos de confitería a base de gelatina de consistencia firme, contenidos en minicápsulas semirrígidas, destinadas a ser ingeridas de golpe tras haber presionado la minicápsula para proyectar el producto de confitería en la boca; los aditivos E 410, E 412, E 415 y E 417 no podrán utilizarse para producir alimentos deshidratados destinados a rehidratarse en la ingestión E 425 no podrá utilizarse artículos de confitería a base de gelatina
05.2 Otros productos de confitería, incluidas las micropastillas para refrescar el aliento · como Grupo IV quantum satis solo sin azúcares añadidos
05.2 Otros productos de confitería, incluidas las micropastillas para refrescar el aliento · como Grupo IV quantum satis solo productos de confitería a base de almidón, de valor energético reducido o sin azúcares añadidos
05.2 Otros productos de confitería, incluidas las micropastillas para refrescar el aliento · como Grupo IV quantum satis solo cremas para untar el pan, a base de cacao, frutas desecadas, leche o grasas, de valor energético reducido o sin azúcares añadidos
05.2 Otros productos de confitería, incluidas las micropastillas para refrescar el aliento · como Grupo IV quantum satis solo productos a base de cacao o de frutas desecadas, de valor energético reducido o sin azúcares añadidos
05.2 Otros productos de confitería, incluidas las micropastillas para refrescar el aliento · como Grupo IV quantum satis solo fruta escarchada de valor energético reducido o sin azúcares añadidos
05.2 Otros productos de confitería, incluidas las micropastillas para refrescar el aliento · como Grupo IV quantum satis solo caramelos y piruletas duros, caramelos de mascar, gominolas y productos esponjosos de azúcar/malvavisco, regaliz, turrón, mazapán, micropastillas para refrescar el aliento y pastillas muy aromatizadas para la garganta, de valor energético reducido o sin azúcares añadidos
05.3 Chicle · como Grupo I la del grupo
05.3 Chicle · como Grupo IV quantum satis solo sin azúcares añadidos
05.4 Adornos, coberturas y rellenos, excepto los rellenos a base de frutas incluidos en la categoría 4.2.4 · como Grupo I la del grupo
05.4 Adornos, coberturas y rellenos, excepto los rellenos a base de frutas incluidos en la categoría 4.2.4 · como Grupo IV quantum satis solo adornos, coberturas y rellenos sin azúcares añadidos
05.4 Adornos, coberturas y rellenos, excepto los rellenos a base de frutas incluidos en la categoría 4.2.4 · como Grupo IV quantum satis solo salsas
06.2.2 Almidones y féculas · como Grupo I la del grupo
06.3 Cereales de desayuno · como Grupo I la del grupo
06.3 Cereales de desayuno · como Grupo IV quantum satis solo cereales de desayuno o productos a base de cereales de valor energético reducido o sin azúcares añadidos
06.4.2 Pastas alimenticias secas · como Grupo I la del grupo Solo pasta sin gluten (como alimentos producidos especialmente para reducir el contenido de gluten de los ingredientes que contienen gluten o sustituir los ingredientes que contienen gluten) o la destinada a dietas hipoproteicas
06.4.4 Ñoquis de patata · como Grupo I la del grupo excepto ñoquis de patata frescos refrigerados
06.4.5 Rellenos para pastas (raviolis y similares) · como Grupo I la del grupo
06.5 Noodles (fideos orientales) · como Grupo I la del grupo
06.6 Masa para rebozar · como Grupo I la del grupo
06.7 Cereales precocinados o elaborados · como Grupo I la del grupo
07.1 Pan y panes especiales · como Grupo I la del grupo excepto los productos que figuran en 7.1.1 y 7.1.2
07.2 Productos de bollería, pastelería, repostería y galletería · como Grupo I la del grupo
07.2 Productos de bollería, pastelería, repostería y galletería · como Grupo IV quantum satis solo productos de valor energético reducido o sin azúcares añadidos
08.3.1 Productos cárnicos no sometidos a tratamiento térmico · como Grupo I la del grupo
08.3.2 Productos cárnicos sometidos a tratamiento térmico · como Grupo I la del grupo excepto foie gras, foie gras entier, blocs de foie gras, libamáj, libamáj egészben y libamáj tömbben
08.3.3 Tripas, recubrimientos y decoraciones para carne · como Grupo I la del grupo
09.1.1 Pescado sin elaborar · como Grupo IV quantum satis solo pescado sin elaborar congelado o ultracongelado para fines distintos de la edulcoración
09.1.2 Moluscos y crustáceos sin elaborar · como Grupo IV quantum satis solo crustáceos, moluscos y cefalópodos sin elaborar, congelados y ultracongelados (para fines distintos de la edulcoración)
09.2 Pescado y productos de la pesca elaborados, incluso moluscos y crustáceos · como Grupo I la del grupo
09.3 Huevas · como Grupo I la del grupo solo huevas elaboradas
10.2 Huevos y ovoproductos elaborados · como Grupo I la del grupo
11.2 Otros azúcares y jarabes · como Grupo I la del grupo
11.4.1 Edulcorantes de mesa líquidos · como Grupo IV quantum satis
11.4.2 Edulcorantes de mesa en polvo · como Grupo IV quantum satis
11.4.3 Edulcorantes de mesa en comprimidos · como Grupo IV quantum satis
12.1.2 Sustitutos de la sal · como Grupo I la del grupo
12.2.2 Condimentos y aderezos · como Grupo I la del grupo
12.3 Vinagres y ácido acético diluido (en agua, del 4 al 30 % en volumen) · como Grupo I la del grupo
12.4 Mostaza · como Grupo I la del grupo
12.4 Mostaza · como Grupo IV quantum satis
12.5 Caldos y sopas · como Grupo I la del grupo
12.6 Salsas · como Grupo I la del grupo
12.6 Salsas · como Grupo IV quantum satis
12.7 Ensaladas preparadas y productos aromatizados para untar bocadillos · como Grupo I la del grupo
12.8 Levadura y productos de levadura · como Grupo I la del grupo
12.9 Productos proteínicos, excepto los incluidos en la categoría 1.8 · como Grupo I la del grupo
13.2 Alimentos para usos médicos especiales, tal como se definen en el Reglamento (UE) n.o 609/2013 (excepto los incluidos en la categoría 13.1.5) · como Grupo I la del grupo
13.2 Alimentos para usos médicos especiales, tal como se definen en el Reglamento (UE) n.o 609/2013 (excepto los incluidos en la categoría 13.1.5) · como Grupo IV quantum satis
13.3 Sustitutivos de la dieta completa para el control de peso, tal como se definen en el Reglamento (UE) n.o 609/2013 · como Grupo I la del grupo
13.3 Sustitutivos de la dieta completa para el control de peso, tal como se definen en el Reglamento (UE) n.o 609/2013 · como Grupo IV quantum satis
14.1.2 Zumos de fruta, tal como se definen en la Directiva 2001/112/CE, y jugos de legumbres u hortalizas · como Grupo I la del grupo solo jugos de legumbres u hortalizas
14.1.3 Néctares de fruta, tal como se definen en la Directiva 2001/112/CE, y néctares de productos similares · como Grupo I la del grupo solo néctares de frutas y hortalizas; no podrán utilizarse, E 420, E 421, E 953, E 965, E 966, E 967 ni E 968
14.1.4 Bebidas aromatizadas · como Grupo I la del grupo no podrán utilizarse E 420, E 421, E 953, E 965, E 966 ni E 967 E 968 no podrá utilizarse, salvo cuando se indique expresamente en esta categoría de alimentos
14.1.5.2 Otros · como Grupo I la del grupo excepto té en hojas sin aromatizantes, incluido el café instantáneo aromatizado; no deben utilizarse en bebidas E 420, E 421, E 953, E 965, E 966, E 967 ni E 968
14.2.3 Sidra y perada · como Grupo I la del grupo no deben utilizarse E 420, E 421, E 953, E 965, E 966, E 967 ni E 968
14.2.4 Vino de fruta y vino elaborado · como Grupo I la del grupo no deben utilizarse E 420, E 421, E 953, E 965, E 966, E 967 ni E 968
14.2.5 Hidromiel · como Grupo I la del grupo no deben utilizarse E 420, E 421, E 953, E 965, E 966, E 967 ni E 968
14.2.6 Bebidas espirituosas, tal como se definen en el Reglamento (UE) 2019/787 · como Grupo I la del grupo excepto whisky o whiskey; no deben utilizarse E 420, E 421, E 953, E 965, E 966, E 967 ni E 968, excepto en licores
14.2.7.1 Vinos aromatizados · como Grupo I la del grupo no deben utilizarse E 420, E 421, E 953, E 965, E 966, E 967 ni E 968
14.2.7.2 Bebidas a base de vino aromatizado · como Grupo I la del grupo no deben utilizarse E 420, E 421, E 953, E 965, E 966, E 967 ni E 968
14.2.7.3 Cócteles aromatizados de productos vitivinícolas · como Grupo I la del grupo no deben utilizarse E 420, E 421, E 953, E 965, E 966, E 967 ni E 968
14.2.8 Otras bebidas alcohólicas, incluidas las mezclas de bebidas alcohólicas y no alcohólicas, y otras bebidas alcohólicas a base de alcohol destilado con un grado alcohólico volumétrico inferior al 15 % · como Grupo I la del grupo no deben utilizarse E 420, E 421, E 953, E 965, E 966, E 967 ni E 968
15.1 Productos de aperitivo a base de patatas, cereales, harinas o almidones · como Grupo I la del grupo
15.2 Frutos de cáscara elaborados · como Grupo I la del grupo
16 Postres, excepto los productos incluidos en las categorías 1, 3 y 4 · como Grupo I la del grupo
16 Postres, excepto los productos incluidos en las categorías 1, 3 y 4 · como Grupo IV quantum satis solo de valor energético reducido o sin azúcares añadidos
17.1 Complementos alimenticios sólidos, excepto los destinados a lactantes y niños de corta edad · como Grupo I la del grupo E 410, E 412, E 415, E 417 y E 425 no podrán utilizarse para producir complementos alimenticios deshidratados destinados a rehidratarse en la ingestión
17.1 Complementos alimenticios sólidos, excepto los destinados a lactantes y niños de corta edad · como Grupo IV quantum satis
17.2 Complementos alimenticios líquidos, excepto los destinados a lactantes y niños de corta edad · como Grupo I la del grupo
17.2 Complementos alimenticios líquidos, excepto los destinados a lactantes y niños de corta edad · como Grupo IV quantum satis
18.1 Alimentos elaborados no incluidos en las categorías 18.2 y 18.3, excepto alimentos para lactantes y niños de corta edad · como Grupo I la del grupo
18.2 Sustitutivos de comidas para el control del peso según lo dispuesto en el Reglamento (UE) n.o 432/2012 de la Comisión · como Grupo I la del grupo
18.2 Sustitutivos de comidas para el control del peso según lo dispuesto en el Reglamento (UE) n.o 432/2012 de la Comisión · como Grupo IV quantum satis
18.3 Alimentos producidos especialmente para reducir el contenido de gluten de los ingredientes que contienen gluten o para sustituir los ingredientes que contienen gluten · como Grupo I la del grupo Incluida la pasta seca
18.3 Alimentos producidos especialmente para reducir el contenido de gluten de los ingredientes que contienen gluten o para sustituir los ingredientes que contienen gluten · como Grupo IV quantum satis

Cifras en mg/kg (o mg/l según el alimento) tomadas del texto consolidado del Reglamento (CE) n.º 1333/2008. Quantum satis significa que la norma no fija un límite numérico: se usa la cantidad necesaria y no más.

En qué alimentos está de verdad sobre 31 productos del catálogo

Helados
8
Postres, excepto los productos incluidos en las categorías 1, 3 y 4
2
Otros productos de confitería, incluidas las micropastillas para refrescar el aliento
13
Cereales de desayuno
1
Productos de bollería, pastelería, repostería y galletería
5
Productos proteínicos, excepto los incluidos en la categoría 1.8
1

Productos que lo llevan 31 en el catálogo

Tarta infantil 1000 g.

Tarta infantil 1000 g.

PASTELERÍA · Alcampo

28 aditivos

Tarta bombón infantil niño San Martín 500 g

Tarta bombón infantil niño San Martín 500 g

san martin · Dia

21 aditivos

MENTOS Chicles de frutas silvestres sin azúcar 30 g.

MENTOS Chicles de frutas silvestres sin azúcar 30 g.

MENTOS · Alcampo

18 aditivos

AUCHAN Caja con 3 tipos de helados diferentes, todos ellos sin azucares añadidos 6 uds. Producto Alcampo

AUCHAN Caja con 3 tipos de helados diferentes, todos ellos sin azucares añadidos 6 uds. Producto Alcampo

PRODUCTO ALCAMPO · Alcampo

16 aditivos

Hojaldre relleno de crema Hacendado sin azúcar añadido

Hojaldre relleno de crema Hacendado sin azúcar añadido

Hacendado · Mercadona

16 aditivos

Cañas de chocolate 4 uds.

Cañas de chocolate 4 uds.

MARCA NACIONAL SIN MARCA · Carrefour

15 aditivos

Tarta de manzana El molino de Dia 82 g

Tarta de manzana El molino de Dia 82 g

el molino de dia · Dia

14 aditivos

PATRULLA CANINA Decoración comestible 17,5 g.

PATRULLA CANINA Decoración comestible 17,5 g.

PATRULLA CANINA · Alcampo

13 aditivos

AUCHAN Sandwich relleno de helado de nata, sin azucares añadidos 6 X 100 ml. Producto Alcampo

AUCHAN Sandwich relleno de helado de nata, sin azucares añadidos 6 X 100 ml. Producto Alcampo

PRODUCTO ALCAMPO · Alcampo

13 aditivos

Rosquillos 260 g

Rosquillos 260 g

MARCA NACIONAL SIN MARCA · Carrefour

12 aditivos

Sandwich de nata Nordwik 5 uds.

Sandwich de nata Nordwik 5 uds.

MARCA NACIONAL SIN MARCA · Carrefour

11 aditivos

AUCHAN Helado bombón almendrado de vainilla, sin gluten ni azucares añadidos 3 x 110 ml. Producto Alcampo

AUCHAN Helado bombón almendrado de vainilla, sin gluten ni azucares añadidos 3 x 110 ml. Producto Alcampo

PRODUCTO ALCAMPO · Alcampo

11 aditivos

Ver los 31 productos con E-965 →

Reparto por supermercado

14

Dia · 45 %

13

Alcampo · 42 %

3

Carrefour · 10 %

1

Mercadona · 3 %

Alternativas sin ningún aditivo mismos tipos de alimento, etiqueta sin ningún número E

ALCAMPO CULTIVAMOS LO BUENO ECOLÓGICO Bandeja algas espagueti mar 50 g.

ALCAMPO CULTIVAMOS LO BUENO ECOLÓGICO Bandeja algas espagueti mar 50 g.

ALCAMPO CULTIVAMOS LO BUENO ECOLÓGICO · Alcampo

sin aditivos

AHIMSA Chorizo picante 100% vegetal, de agricultura ecológica 230 g.

AHIMSA Chorizo picante 100% vegetal, de agricultura ecológica 230 g.

AHIMSA · Alcampo

sin aditivos

Mousse de cappuccino alto en proteínas Valio Profeel Protein sin lactosa y sin azúcar añadido 150 g.

Mousse de cappuccino alto en proteínas Valio Profeel Protein sin lactosa y sin azúcar añadido 150 g.

VALIO PROTEIN · Carrefour

sin aditivos

Batido de fresa alto en proteínas Barebells sin lactosa 330 ml.

Batido de fresa alto en proteínas Barebells sin lactosa 330 ml.

BAREBELLS · Carrefour

sin aditivos

Pudding de vainilla con galletas Arla Protein sin lactosa 200 g.

Pudding de vainilla con galletas Arla Protein sin lactosa 200 g.

ARLA PROTEIN · Carrefour

sin aditivos

Mousse proteico sabor vainilla Carrefour Sensation 200 g.

Mousse proteico sabor vainilla Carrefour Sensation 200 g.

CARREFOUR · Carrefour

sin aditivos

Otros nombres

Denominación oficial en la UEMaltitoles
También conocido comoMaltitol
También conocido comoMaltitols
Número EE 965
WikidataQ423882

Preguntas frecuentes

¿Qué es el E-965 y para qué se usa?

El E-965 es el maltitol, el edulcorante estrella del chocolate sin azúcar: endulza casi tanto como el azúcar, se comporta igual que él en la fábrica y aporta menos calorías. Su pega es de sobra conocida: en cantidad tiene efecto laxante, y la etiqueta está obligada a avisarte de ello.

¿Es malo el E-965?

El maltitol no se absorbe del todo en el intestino delgado; lo que queda sigue viaje hasta el colon, donde las bacterias lo fermentan. Traducido: gases, hinchazón y, si te pasas, efecto laxante. No es una sospecha ni una leyenda, es tan conocido que la ley obliga a que los productos con mucho polialcohol lleven el aviso de que un consumo excesivo puede producir efectos laxantes. Fuera de eso, es un aditivo muy rodado: la EFSA emitió en 2006 un dictamen favorable sobre un nuevo proceso de producción del jarabe de maltitol, y los polialcoholes en general se consideran de baja preocupación, hasta el punto de no tener asignado un límite estricto en la mayoría de usos. Si tienes el intestino sensible o sigues una dieta baja en FODMAP, es de los primeros ingredientes que te van a pedir vigilar. Para el resto, la dosis la marca tu propia tripa.

¿En qué alimentos se puede usar el E-965?

La norma europea lo autoriza en 75 categorías de alimentos, entre ellas productos lácteos fermentados sin aromatizar tratados térmicamente tras la fermentación, productos lácteos fermentados aromatizados, incluso tratados térmicamente, otras natas. El listado completo con la dosis máxima de cada una está en esta página.

¿Cuál es la dosis máxima permitida de E-965?

La norma lo autoriza quantum satis: no fija un límite numérico, sino que permite usar solo la cantidad necesaria para lograr el efecto buscado, siguiendo las buenas prácticas de fabricación.

¿En cuántos productos de supermercado está el E-965?

Lo hemos encontrado en 31 productos activos de nuestro catálogo de Alcampo, Carrefour, Dia y Mercadona, y donde más aparece es en Dia (14 productos).

¿El E-965 es apto para veganos?

Sí. Según los datos de origen de Open Food Facts, el E-965 no procede de animales, así que es apto para dietas veganas y vegetarianas.

¿Por qué el chocolate sin azúcar lleva casi siempre maltitol?

Porque es el sustituto que menos se nota. Endulza casi como el azúcar, ocupa el mismo volumen en la receta, funde bien y no da esa sensación de frescor en la boca tan marcada que tienen el xilitol o el eritritol, que en un chocolate resulta rara. El fabricante puede cambiar azúcar por maltitol casi sin tocar el proceso, y eso en la industria vale oro.

¿Qué diferencia hay entre el maltitol y el jarabe de maltitol?

Los dos van bajo el mismo E-965. El maltitol a secas es el compuesto en forma cristalina y muy puro, ideal para chocolates y caramelos duros. El jarabe es una mezcla líquida donde el maltitol manda pero va acompañado de otros polialcoholes; se usa donde interesa retener humedad, como bollería, rellenos o chicles blandos. En la etiqueta pueden aparecer con cualquiera de los dos nombres.

¿Por qué suele ir acompañado de acesulfamo K o sucralosa?

Porque el maltitol es un pelín menos dulce que el azúcar, y añadir más para compensar sale caro y acerca el producto al terreno del efecto laxante. La solución habitual es que el maltitol ponga el cuerpo y la textura, y una pizca de edulcorante intenso remate el dulzor. Ver E-965 junto a E-950 o E-955 en una etiqueta es la firma clásica de un producto sin azúcar.

Aparece junto a estos aditivos en la misma etiqueta, según el catálogo

Fuentes

  • Reglamento (CE) n.º 1333/2008, Anexo II (lista de la Unión y condiciones de uso), texto consolidado. Ver en EUR-Lex
  • REGLAMENTO (UE) N o 1129/2011 DE LA COMISIÓN de 11 de noviembre de 2011. EUR-Lex
  • REGLAMENTO (UE) N o 438/2013 DE LA COMISIÓN de 13 de mayo de 2013. EUR-Lex
  • REGLAMENTO (UE) 2021/1175 DE LA COMISIÓN de 16 de julio de 2021. EUR-Lex
  • REGLAMENTO (UE) 2025/2058 DE LA COMISIÓN de 14 de octubre de 2025. EUR-Lex
  • EFSA: Opinion of the Scientific Panel on Food Additives, Flavourings, Processing Aids and Materials in Contact with Food on a request from the Commission related to Maltitol Syrup E 965ii new production process. Change of specification (2006). Ver dictamen
  • Base de datos de aditivos alimentarios de la Comisión Europea (verificación del estatus de autorización).
  • Datos de productos: catálogo propio de Alcampo, Carrefour, Dia y Mercadona. Cómo se recogen.